La Tercera Sala de la Corte Suprema de Santiago deberá revisar la resolución del Tribunal de Talca, que ordenó restituir a un adulto mayor la totalidad de fondos de su AFP.
Lo anterior, luego de que la AFP Provida apelara a lo dictaminado por la Corte de Apelaciones de Talca, que ordenaba restituir a uno de sus afiliados la totalidad de sus fondos previsionales en un plazo máximo de 30 días.
Cabe recordar que, en fallo dividido, la Primera Sala del tribunal de alzada talquino estableció el actuar arbitrario e ilegal de la administradora de fondos de pensiones al negar la restitución íntegra de los fondos, indicando que se infringe el derecho de propiedad garantizado por la Constitución.
El abogado que representa a Provida, sin embargo, argumentó que no existe una confrontación de derechos, sino que están vinculados el derecho a seguridad social y el de propiedad, tal como lo establece la actual Constitución Política de nuestro país.
Ahora, el recurso deberá ser revisado por la Tercera Sala de la Corte Suprema de Santiago.
El caso del afiliado de Provida en Talca era el primer recurso de este tipo que había sido acogido, luego que otros similares fuesen rechazados en otros tribunales del país.