La Corte Suprema condenó al Hospital Base Presidente Carlos Ibáñez del Campo, de la ciudad de Linares, por una negligencia médica que derivó en la muerte de un paciente que padecía un infarto al miocardio agudo.
La Tercera Sala del máximo tribunal del país, resolvió de forma unánime confirmar la sentencia dictada previamente por la Corte de Apelaciones de Talca, en contra del centro asistencial linarense, el cual ordenaba el pago de una indemnización a familia de la víctima de 98 millones de pesos.
Según detalle el fallo judicial, la víctima -Héctor Sandoval Sáez- murió pasada las 17:00 horas del 7 de octubre de 2014 en su domicilio, debido a un infarto agudo al miocardio luego de que en el Hospital de Linares le dieran el alta médica, 5 horas antes, pese al fuerte dolor toráxico que presentaba desde hace días.
“(…) la falta de servicio por parte de la demandada (Hospital) se encuentra suficientemente establecida en la sentencia recurrida…, y que si bien es cierto que los profesionales médicos en términos generales no están sujetos a obligaciones de resultados sino de medios, hay que considerar que la muerte del señor Sandoval se produjo por una negligente atención médica”, sostiene el fallo en primera instancia que fue confirmado por la Suprema.
Dado el revés judicial y por falta de servicio, el Estado de Chile, en su calidad de administrador del recinto asistencial, tendrá que pagar la indemnización de perjuicios que será dividida entre la esposa y cada uno de los seis hijos de la víctima.