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La exfuncionaria del Gobierno Regional del Bío Bío, Tamara Vidal, seguirá cumpliendo arresto domiciliario total en la arista Mi Hogar Asuncionista del Caso Convenios, decisión confirmada por la Corte de Apelaciones de Concepción. La Defensoría intentó modificar la medida a arresto nocturno argumentando una oferta laboral, propuesta que fue rechazada por las ministras Toloza y Vásquez, pero acogida por el magistrado Cerda. En la misma audiencia, se revisó el caso de otro imputado, Claudio Portiño, cuyo arresto nocturno fue cambiado a total por incumplimientos.

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La Corte de Apelaciones de Concepción mantuvo el arresto domiciliario total que cumple la exfuncionaria del Gobierno Regional del Bío Bío, Tamara Vidal, como imputada en la arista Mi Hogar Asuncionista del Caso Convenios.

La Defensoría buscaba rebajar a arresto nocturno la cautelar de clienta, argumentando una posibilidad de trabajo que tiene Vidal en el Departamento de Recursos Humanos de una empresa.

Requerimiento que fue rechazado por las ministras Vivian Toloza y Carolina Vásquez, pero acogido por el magistrado Rodrigo Cerda, quien sí estuvo por cambiar el arresto total.

En la misma audiencia, la Corte revisó otra resolución del Juzgado de Garantía penquista, que aumentó a total la cautelar de arresto nocturno que cumplía hasta hace unos días otro imputado en la causa, Claudio Portiño.

El juez Gino Viale había decretado el cambio ante una solicitud de la Fiscalía, que presentó informes de Carabineros respecto de incumplimientos del arresto domiciliario, y fue un recurso de la Defensoría contra esa resolución el que acogió el tribunal de alzada.

Es preciso indicar que en esta arista, se investiga el traspaso de 160 millones de pesos del GORE Bío Bío a la Fundación Mi Hogar Asuncionista. A Vidal se le acusa de promover el convenio sólo para dar trabajo a cercanos, mientras que Simón Acuña habría permitido que con parte de los dineros de la fundación se pagara el sueldo de una periodista del GORE.

Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia dicte sentencia en su contra.
(Artículo 04 del Código Procesal Penal)