El abogado que representa a las víctimas del caso Crudo Iraní anunció que acudirán a la Corte Suprema para buscar anular el fallo que absolvió a tres ejecutivos de Enap por el delito consumado de tráfico de residuos peligrosos. Esto luego que se conociera que la redactora de la sentencia e integrante del máximo tribunal, Pía Tavolari, es accionista de la termoeléctrica AES Andes, empresa que se encuentra en el mismo cordón industrial que Enap.
En conversación con Radio Bío Bío, el abogado Remberto Valdés, defensa de 1.400 víctimas de este caso, enfatizó que la abogada incumplió la Ley de Probidad y Transparencia al no señalar en su patrimonio que es accionista de AES Andes.
Pese a lo anterior, afirmó Valdés, Tavolari votó en contra y fue la redactora del fallo de mayoría que absolvió a las tres imputados por delitos medioambientales.
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Todo partió en Talcahuano, cuando una embarcación realizó una maniobra para trasladar a otra embarcación crudo iraní. Acción en la que se liberó ácido sulfhídrico 100 veces mayor a la permitida y que llegó hasta las costas de Quintero y Puchuncaví.
Debido a la contaminación causada, el caso llegó a juicio, donde la Corte Suprema absolvió a los ejecutivos imputados, argumentando —entre otras cosas— que “el petróleo iraní como el ácido sulfhídrico no se encuentran en los listados de residuos peligrosos previstos en el Reglamento sobre Residuos Peligrosos del Ministerio de Salud”.
No obstante, ante este nuevo antecedente que involucra a la abogada Pía Tavolari, Valdés confirmó que acudirán a la Suprema para anular la sentencia.
“Lo que le pedimos a la excelentísima Corte Suprema es que tengamos derecho a un debido proceso, con un tribunal imparcial e independiente… y que no tengan vinculación con empresas imputadas por violación al medioambiente”, detalló el abogado de las víctimas del caso Crudo Iraní.
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Es preciso indicar que seis de las víctimas fallecieron, por lo que el abogado espera que se acoja la petición de nulidad de la sentencia dictada por la contaminación en Quintero y Puchuncaví en 2018.
Mediante un comunicado enviado a BBCL Investiga, la abogada integrante de la Corte Suprema, Pía Tavolari, descartó que “la posesión de esas acciones constituya algún tipo de inhabilidad”.