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El Juzgado de Garantía de Florida rechazó cambiar la medida cautelar al autor confeso del brutal femicidio de Daniela Olate, ocurrido en julio de este año, tras la solicitud de la Defensoría Penal Pública de revisar la prisión preventiva. La defensa planteó la posibilidad de arresto domiciliario total para el imputado, argumentando que el proceso penal podía continuar de esta manera, sin embargo, la Fiscalía y los abogados querellantes se opusieron, señalando que José Morales representa un peligro para la sociedad, no tiene una conducta anterior intachable, y arriesga una de las penas más altas del sistema judicial. El juez Carlos Aguayo Dolmestch respaldó la decisión de mantener la prisión preventiva, indicando que la libertad de Morales seguiría representando un peligro para la sociedad.

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El Juzgado de Garantía de Florida rechazó cambiar la medida cautelar al autor confeso del brutal femicidio de Daniela Olate ocurrido el martes 16 de julio de este año.

Lo anterior, tras la solicitud de la Defensoría Penal Pública de revisar la prisión preventiva del imputado, medida con la que cuenta desde su formalización días después del asesinato.

En este sentido, la defensoría manifestó que, a su juicio, el proceso penal podía continuar con el imputado en arresto domiciliario total, cuestión que le plantearon al tribunal.

Naturalmente la Fiscalía se opuso, al igual que el abogado querellante que representa a la familia y el otro abogado querellante que representa a la Delegación Presidencial.

En esta línea, argumentaron que José Morales es un peligro para la sociedad y que además, no tiene irreprochable conducta anterior. Esto sumado a que arriesga una de las penas más altas del sistema judicial.

“Atendiendo en circunstancia la pena que arriesga en el evento de ser condenado, el delito por el cual está formalizado, la gravedad de los hechos, la forma de comisión del delito, da cuenta que la libertad del señor Morales sigue siendo un peligro para la sociedad de la sociedad“, agregó el juez Carlos Aguayo Dolmestch.

El persecutor además, añadió que “no se ha dado cuenta ningún otro antecedente que pudiera modificar aquellos que se tuvieron en vista al momento de decretar la prisión preventiva. En razón de ello no se hace lugar a la petición de la defensa y se mantiene la cautelar de prisión preventiva“.