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La Fiscalía se desistió del recurso que buscaba imponer la prisión preventiva a un adulto mayor que atropelló y mató a uno de los dos hombres que violentamente lo atacaron en el camino entre Tomé y Concepción. A pesar de las pruebas que apuntaban a legítima defensa o cuasidelito de homicidio, la fiscalía imputó homicidio, siendo rechazada la prisión preventiva por la jueza. La magistrada rechazó los cargos al considerar los antecedentes presentados por la defensa y, no por la fiscalía. Sin dar explicaciones, el fiscal de Tomé anunció el retiro del recurso ante la Corte de Apelaciones, en base a la necesidad de afinar la investigación con una reconstitución de escena. Mientras tanto, al imputado de 71 años se le dictaron medidas cautelares de arresto domiciliario, firma mensual y arraigo.

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La Fiscalía se desistió del recurso que busca imponer la prisión preventiva a un adulto mayor que atropelló y dio muerte a uno de los dos hombres que violentamente lo atacaron en el camino que une Tomé con Concepción.

Fue la fiscal Paula Flores quien el martes apeló de la resolución dictada por el Juzgado de Garantía de Tomé, rechazando la prisión preventiva.

Lo anterior, a pesar de todas las pruebas sobre una posible legítima defensa o al menos la comisión de un cuasidelito de homicidio, y no el homicidio que le imputó el Ministerio Público.

Justamente considerando esos antecedentes, entregados por la defensa del imputado y no por la persecutora, que la magistrada Ximena Martínez rechazó los cargos y la medida cautelar solicitada por la persecutora.

Sin explicar las razones, el fiscal de Tomé, Freddy Benítez, informó a la Corte de Apelaciones el retiro del recurso.

A su vez, desde la Fiscalía Regional se indicó que la decisión se basó en la necesidad de afinar la investigación con una reconstitución de escena, y que en el intertanto son suficientes el arresto domiciliario, la firma mensual y el arraigo decretados como cautelares al imputado de 71 años.

Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia dicte sentencia en su contra.
(Artículo 04 del Código Procesal Penal)