Región del Bío Bío
Corte de Concepción revisa solicitud de desafuero de diputado Romero tras querella por injurias
Publicado por
Daniela Salgado
La información es de
Fabián Polanco
Martes 10 septiembre de 2024 | 12:52
CONTEXTO | Agencia UNO
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El Pleno de la Corte de Apelaciones de Concepción revisó la solicitud de desafuero presentada contra el diputado Leonidas Romero en el marco de una querella por injurias y calumnias realizada por el gobernador Rodrigo Díaz. La denuncia se relaciona con declaraciones públicas de Romero sobre el caso Convenios, apuntando a Díaz en por el traspaso de dineros a fundaciones desde el Gore Bío Bío. La querella, calificada como injuriosa y calumniosa por Díaz, está en manos del Juzgado de Garantía de Concepción y depende del desafuero que deben decidir los ministros de la Corte. El tribunal de alzada comenzaría el trámite con una solicitud de informe al diputado Romero para que entregue sus descargos frente a la acusación del gobernador regional.
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El Pleno de la Corte de Apelaciones de Concepción -en la región del Bío Bío– revisó la solicitud de desafuero presentada en el marco de una querella por injurias y calumnias en contra del diputado Leonidas Romero.
Hace un mes el gobernador Rodrigo Díaz denunció a Romero, en relación con una serie de declaraciones públicas realizadas desde que estalló el caso Convenios y en donde Romero ha apuntado a la responsabilidad de la máxima autoridad en los dineros traspasados a fundaciones desde el Gore Bío Bío.
El trámite de la querella en el Juzgado de Garantía de Concepción, en la que Díaz califica como injuriosos y calumniosos los dichos del parlamentario, depende del desafuero que deben decidir los ministros de la Corte penquista.
Lo que el tribunal de alzada revisó el lunes es el inicio justamente del trámite del desafuero, el cual se comenzaría con una solicitud de informe al diputado Romero, de manera que entregue los descargos frente a la querella del gobernador regional.
Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por
lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia
dicte sentencia en su contra.
(Artículo 04 del Código Procesal Penal)
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