La Municipalidad de Talcahuano deberá pagar 2.500 millones de pesos como indemnización a un grupo de damnificados del terremoto de 2010, quienes perdieron sus departamentos en un edificio gravemente dañado y que fue declarado inhabitable.
El fallo obliga a devolver el valor de sus inmuebles a los demandantes, rechazando la reparación por el daño moral sufrido.
Dos años demoró el Primer Juzgado Civil de Talcahuano en determinar el monto de la indemnización, luego que en diciembre de 2022 la Corte Suprema acogiera la demanda presentada por los 58 propietarios de departamentos en el condominio Puerto de Palos.
Lo que estableció ese fallo es que la Dirección de Obras Municipales no fiscalizó la construcción del edificio, y de ahí los daños estructurales que sufrió el inmueble y que obligaron a que fuera declarado inhabitable, configurándose la falta de servicio, como explicó en esa oportunidad el abogado de los damnificados, Marcelo Valenzuela.
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Y así justamente lo determinó el juez Leonardo Llanos, al ordenar el pago solo del llamado daño emergente, es decir, el valor de la pérdida y que -en promedio- es 33 millones de pesos para cada damnificado.
Consultada, la abogada jefe del municipio del puerto, Alejandra Donoso, destacó que la sentencia desestimara el daño moral que se perseguía y que superaba los 7 mil millones de pesos.
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El vocero de los demandantes, Juan Lozano, reconoció que es un derecho que tiene la Municipalidad de apelar la resolución, lo que no incide -dijo- en la alegría porque finalmente se confirmara la denuncia por falta de servicio en este caso de la Dirección de Obras.
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El fallo es dictado 14 años después del 27/F y el condominio Puerto de Palos, declarado inhabitable entonces, aún permanece en pie.
Se espera que antes de febrero de 2025 se concrete el uso de los 1.270 millones de pesos que comprometió el Gobierno a la Municipalidad de Hualpén para la demolición del edificio.