Región del Bío Bío
Asesinato de Daniela Olate: alcalde critica que ni acusado ni intervinientes se presenten en tribunal
Publicado por
Manuel Cabrera
La información es de
Óscar Valenzuela
Miércoles 24 julio de 2024 | 10:04
Óscar Valenzuela (RBB)
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El alcalde de Florida, Rodrigo Montero, criticó que ninguno de los intervinientes acudiera de manera presencial al Juzgado de Garantía para la formalización de José Eduardo Morales Morales, acusado por el asesinato de Daniela Olate. En declaraciones a Radio Bío Bío, calificó la situación como inaceptable y mencionó que la gente está molesta y dolida por lo ocurrido.
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Previo al inicio de la formalización de José Eduardo Morales Morales, acusado por el asesinato de Daniela Olate, el alcalde de Florida, Rodrigo Montero, criticó que ninguno de los intervinientes -Fiscalía, Defensoría y un abogado querellante- acudieran de manera presencial al Juzgado de Garantía.
En conversación con Radio Bío Bío, el líder comunal tildó la situación de “inaceptable”.
“La gente está molesta, dolida en este caso por la situación ocurrida”, agregó Montero.
En ese sentido, añadió que “como se acordó en la audiencia del día domingo, la formalización en este caso iba a ser de forma presencial con todas las partes y solamente hoy día podemos ver de que está SernamEG, está el municipio (presencialmente), y todos los demás están conectado vía plataforma”.
Consultado por el crimen ocurrido en la comuna que lidera, Rodrigo Montero sostuvo que “es algo muy triste y muy doloroso (…) Es algo que no es habitual para nuestra comuna”.
Cabe recordar que este martes se informó que el imputado no comparecería de forma presencial en la formalización respectiva.
La medida ya señalada que involucró a José Morales, respondió netamente a motivos de seguridad.
Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por
lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia
dicte sentencia en su contra.
(Artículo 04 del Código Procesal Penal)
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