VER RESUMEN

Resumen automático generado con Inteligencia Artificial

Durante la primera audiencia de preparación del juicio contra el tío abuelo de Tomás Bravo, la Defensoría solicitó excluir los antecedentes presentados por la Fiscalía, argumentando que eran de una causa cerrada por homicidio y no por abandono de menor con resultado de muerte. A pesar de la insistencia de la defensa del tío abuelo de la víctima en la exclusión de pruebas, el juez de Garantía de Arauco desestimó esos argumentos. La Defensoría podría apelar a la resolución del tribunal, buscando que la Corte de Apelaciones de Concepción revise lo resuelto en primera instancia.

Desarrollado por BioBioChile

A la Corte de Apelaciones de Concepción podría ir la Defensoría tras la preparación del juicio oral por la desaparición y muerte del pequeño Tomás Bravo, luego que la justicia diera luz verde a las pruebas del Ministerio Público a la que la defensa del único acusado, Jorge Escobar, se oponía.

De acuerdo a antecedentes recabados por Radio Bío Bío, al menos en la primera audiencia del lunes, la Defensoría Penal pidió excluir la totalidad de los antecedentes ofrecidos por la Fiscalía.

Lo anterior, argumentando que fueron obtenidos en la causa ya cerrada por homicidio y no en la investigación por abandono de menor con resultado de muerte.

Además, la defensa del tío abuelo de la víctima insistió en la exclusión de prueba al calificarla como impertinente, objetando también los peritajes y poniendo en duda la idoneidad de los peritos.

Sin embargo, todos esos argumentos fueron desechados por el juez de Garantía de Arauco, Alberto Jaraquemada.

Justamente sería esa resolución y otras dictadas en la segunda audiencia las que la Defensoría insistiría en impugnar, a través de una apelación para que el tribunal de alzada penquista revise lo resuelto por el tribunal de primera instancia. El defensor regional, Osvaldo Pizarro, podría confirmar o descartar esta acción durante este miércoles.

Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia dicte sentencia en su contra.
(Artículo 04 del Código Procesal Penal)