Esto luego que el Ministerio Público acusara un incumplimiento de la medida cautelar de arresto domiciliario.
El Juzgado de Garantía de Concepción mantuvo el arresto domiciliario para dos de los imputados en el caso Convenios, desechando la solicitud de la Fiscalía que pedía imponer la prisión preventiva.
El principal argumento del Ministerio Público eran informes de Carabineros sobre incumplimientos de la cautelar.
Fueron siete los incumplimientos del arresto domiciliario total los que invocaron el Ministerio Público y el Consejo de Defensa del Estado para pedir al tribunal el cambio de la cautelar por la de prisión preventiva; cuatro respecto de Sebastián Polanco, ex pareja de Camila Polizzi, y tres respecto de Rodrigo Martínez, ex administrador del Gobierno Regional del Bío Bío.
La fiscal María José Aguayo explicó que la vulneración del arresto fue informado por personal de Carabineros que concurrió al domicilio de ambos, sin que los imputados fueran encontrados en sus domicilios.
De allí que la persecutora calificara como flagrantes esos incumplimientos y por ello pidiendo la prisión preventiva.
En la audiencia ante el Juzgado de Garantía, las defensas de Polanco y Martínez denunciaron irregularidades en la forma de supervisión de la cautelar, señalando que muchas veces los policías ni siquiera se bajaban de las patrullar o que llamaban al celular de familiares.
Incluso, explicó Sebastián Polanco, en ocasiones lo único que hacen los carabineros es encender las balizas del carro policial.
Para el abogado Waldo Ortega, que defiende al exadministrador regional imputado en la arista Fundación En Ti, la solicitud de cambio de la medida cautelar obedeció a una sobre reacción de la Fiscalía.
Finalmente, la jueza de Garantía, Carolina Llanos, desestimó los antecedentes entregados por la fiscal Aguayo, mantuvo los arrestos domiciliarios.
Eso sí, con la condición que tanto Polanco como Martínez contraten un línea de teléfono fijo para que Carabineros los pueda contactar cuando estén afuera de sus respectivos domicilios.
Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por
lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia
dicte sentencia en su contra. (Artículo 04 del Código Procesal Penal)
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