Con arraigo nacional quedó una mujer de 19 años acusada del delito de infanticidio e inhumación ilegal tras un hecho registrado en Talcahuano, en la región del Bío Bío.
En la audiencia de formalización, el magistrado Felipe Norambuena Barrales rechazó la prisión preventiva por no aportar la fiscalía indicios suficientes de la comisión del delito y, por ende, acreditar la participación atribuida a la imputada, identificada con las A.D.C.C. Por ello, el juez calificó de desproporcionada aplicar la cautelar más gravosa.
Ante eso, el fiscal jefe de Talcahuano, Enzo Osorio, anunció que se estudiará una eventual apelación por el rechazo al requerimiento realizado por la Fiscalía.
Acusación del Ministerio Público
Tras declarar legal la detención de la acusada, la Fiscalía comunicó los hechos por los que es investigada la mujer. De acuerdo a la indagatoria realizada en esta etapa primaria, el 5 de marzo, la joven dio a luz en su domicilio, en el sector de Centinela, a su hijo de entre 41 a 42 semanas de gestación, quien habría muerto por asfixia.
Una vez fallecido, trasladó al bebé hasta un sitio eriazo en el Parque Tumbes, lugar que es usado como cementerio de mascotas.
“A juicio del Ministerio Público, estos hechos son constitutivos de dos delitos consumados: el de infanticidio e inhumación ilegal”, indicó el persecutor, añadiendo que la libertad de la acusada es un peligro para la seguridad de la sociedad, por ello es que pidió la prisión preventiva.
En la audiencia se revelaron conversaciones donde la joven trata despectivamente a su hijo cuando estaba embarazada y se detalla que junta a una amiga sepultó al lactante en el cementerio de mascotas.
Planteamiento de la Fiscalía que refutó la defensora penal pública, Montserrat Varela, que representa a la joven, descartando el delito de infanticidio y por ende la necesidad de cautelar.
“Como defensa estamos muy conformes porque el tribunal acogió nuestras alegaciones. Sostuvo que no había antecedentes para acreditar la existencia de infanticidio, que el pre-informe de autopsia en caso alguno permite presumir la existencia de este delito y, por tanto, rechazó la prisión preventiva”, destacó Varela.
Fiscalía evalúa apelar
Tras lo resuelto por el tribunal, el fiscal Enzo Osorio reafirmó los antecedentes recabados, en particular el pre-informe que establece como causa de muerte del bebé “un síndrome asfíctico, es decir, el niño murió por asfixia”.
Con base a eso responsabilizan a la imputada por la muerte de su hijo, a lo que se suma la inhumación ilegal del cuerpo.
“Nosotros estimamos que la conducta y el modo en que la imputada se refería al niño que estaba por nacer, de forma bastante grosera, eran antecedentes claros que nos permiten presumir su participación como autora en este hecho. Manifestar abiertamente el deseo de no tener a ese hijo, de no hacerse cargo de él, de no haberse practicado un aborto antes, de ocultar el hecho, ocultar después el cuerpo, enterrándolo, y borrar mensajes“, añadió el persecutor.
A la espera de lo que resuelva el Ministerio Pública, la joven quedó sólo con arraigo nacional, mientras que el plazo de la investigación se fijó en 4 meses.