En ese sentido, la Defensoría expuso que no ha recibido los antecedentes contenidos en la carpeta investigativa respectiva.
Fue reprogramada la audiencia de preparación del juicio contra el tío abuelo del pequeño Tomás Bravo, esto tras argumentar la Defensoría la no entrega de antecedentes contenidos en la carpeta investigativa.
La nueva fecha es el 1 de abril, dándose tiempo que la Fiscalía envíe las pruebas y antecedentes a la defensa del acusado.
Sigue extendiéndose la resolución de este caso, a casi tres años desde que el niño desapareció y fue encontrado sin vida en el sector Caripilún de la provincia de Arauco.
Se esperaba que este lunes quedara preparado el juicio y los antecedentes de la investigación fueran enviados al Tribunal Oral de Cañete, donde se decidirá la inocencia o culpabilidad de Jorge Escobar Escobar.
Fue la solicitud del defensor regional Osvaldo Pizarrro la que llevó al Juzgado de Garantía de Arauco a reprogramar la audiencia, tras explicar que hay antecedentes importantes que deben ser recibidos y después analizados -contenidos en la carpeta investigativa- necesarios para ejercer la defensa del acusado.
En esta arista por el delito de abandono de menores con resultado de muerte, son querellantes sólo el padre de Tomás, Moisés Bravo, a través de la Fundación Amparo y Justicia, además de la Defensoría de la Niñez, pero no la madre y sobrina del acusado, Estefanía Gutiérrez.
A pesar de eso, la diputada Marlen Pérez criticó el aplazamiento, señalando que es necesario hacer justicia a la familia de la víctima.
En igual sentido se manifestó otra parlamentaria, Flor Weisse, pidiendo mayor celeridad y no más postergaciones.
El Juzgado de Garantía fijó para el 1 de abril próximo la audiencia, donde se espera una discusión entre la Defensoría y el Ministerio Público sobre las pruebas válidas para llevar al Tribunal Oral contra el acusado, para quien la Fiscalía está pidiendo una pena de 10 años de cárcel.
Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por
lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia
dicte sentencia en su contra. (Artículo 04 del Código Procesal Penal)
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