Ante ello, incluso la jornada de este viernes podría ser votada la suspensión de la militancia de ambos personeros socialistas.

El Tribunal Supremo del Partido Socialista evalúa suspender la militancia del alcalde de Coronel, Boris Chamorro, y del concejal Eduardo Araya, a raíz de su imputación en la indagatoria por corrupción abierta por la Fiscalía, a partir de una denuncia de Puerto Coronel.

Una primera sesión de la instancia disciplinaria del PS, para debatir la medida, no tuvo quorum anoche, pero se prevé que sus miembros intentarían reunirse nuevamente este sábado, o incluso hoy, de manera de votar la suspensión de derechos.

Fue de oficio que el Tribunal Supremo del Partido Socialista decidió revisar la situación del alcalde Boris Chamorro y del edil Eduardo Araya, imputados por cohecho, a partir de la denuncia que realizó Puerto Coronel, admitiendo que la empresa -a través de sus ex gerentes y directores- había pagado sobornos a ambos personeros políticos.

El senador PS, Gastón Saavedra, admitió la situación, adelantando que probablemente este viernes se analice y resuelva la posible medida de suspensión de los derechos partidarios.

El análisis que está primando al interior del PS es que debe actuarse igual como se procedió con el alcalde de Chiguayante, Antonio Rivas, a quien se retiró la militancia en agosto de 2022, a raíz de la investigación en el llamado caso “palo blanco”.

Consultado, el jefe comunal, quien después de nueve meses recuperó sus derechos como militante, quiso poner paños fríos a la eventual medida disciplinaria, subrayando que una suspensión no es un prejuzgamiento.

Sin embargo, hay que señalar que de concretarse la suspensión de la militancia, se pondría en jaque la candidatura del alcalde Chamorro a la reelección, como carta hasta ahora del PS para los comicios de octubre próximo.

Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia dicte sentencia en su contra.
(Artículo 04 del Código Procesal Penal)