Región del Bío Bío
Corte confirma prisión preventiva para chofer de microbús que colisionó con Biotren y dejó 7 muertos
Miércoles 25 octubre de 2023 | 12:29
Rodrigo Fuica | Agencia UNO
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En un fallo dividido, la Corte de Apelaciones de Concepción resolvió mantener la prisión preventiva en contra del conductor del microbús que protagonizó una fatal colisión con el Biotren, donde murieron siete personas.
La Corte de Apelaciones de Concepción confirmó la medida cautelar de prisión preventiva decretada en contra de Alejo Santander, chófer del microbús formalizado por la muerte de siete personas, tras colisionar con el Biotren el pasado 1 de septiembre en San Pedro de la Paz, en la región del Bío Bío.
La resolución se adoptó en un fallo dividido, donde la magistrada Margarita Sanhueza estuvo a favor de revocar la resolución que dictó el Juzgado de Garantía de San Pedro de la Paz, que dejó con la medida más gravosa al conductor acusado por 7 delitos de homicidios, lesiones y daños.
Esto surgió tras la apelación presentada por el abogado defensor, Raúl Bustos, argumentando que los hechos investigados por la Fiscalía corresponden a cuasidelitos y no homicidios, además de indicar que la prisión preventiva es un castigo adelantado para una persona sin antecedentes, que es adulto mayor y que padece de patologías preexistentes.
Argumentos que de todas formas no fueron acogidos por la Corte Penquista.
En la audiencia desarrollada en primera instancia, la magistrada del Juzgado de Garantía de San Pedro de la Paz sustentó la cautelar de prisión preventiva en un dolo eventual de parte del imputado al traspasar la línea férrea, rompiendo la barrera del cruce y provocando la fatal colisión.
Es preciso indicar que por este caso se fijó un plazo de seis meses para la investigación.
Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por
lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia
dicte sentencia en su contra.
(Artículo 04 del Código Procesal Penal)
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