En el marco de la arista Fundación En Ti del denominado Caso Convenios, se reportó que Camila Polizzi perdió su calidad de víctima en dicha indagatoria.
El Juzgado de Garantía de Concepción acogió la solicitud de la Fiscalía y quitó la calidad de querellante y víctima a Camila Polizzi, dejándola solo como imputada en la investigación a la Fundación En Ti.
De allí la representación legal única dejada por el tribunal en manos de la Defensoría Penal Pública.
Así lo resolvió el juez de Garantía, Marcelo Bustos, tras una audiencia decretada como secreta a raíz de los antecedentes que entregó el Ministerio Público para sostener su solicitud enmarcada en la investigación de la arista Fundación En Ti del caso Convenios.
Extraoficialmente, se conoció que los argumentos entregados al tribunal por la fiscal Anticorrupción, María José Aguayo, dan cuenta de hechos en los que Camila Polizzi podría tener responsabilidad penal y de ninguna manera ser víctima de las actuaciones que ella atribuyó en su querella a su expareja, Sebastián Polanco.
De allí que se quitara a Polizzi su calidad de querellante y quedara sólo como imputada, de acuerdo a lo informado por la persecutora.
Así se cumplió el objetivo de la Fiscalía de dejar un solo abogado -en este caso al defensor penal Pablo Ardouin- como representante de Polizzi en la indagatoria por la entrega y el uso de 250 millones de pesos desde el Gobierno Regional a la Fundación En Ti.
La resolución no dejó contento al abogado particular Renato Zegpi, quien no descartó una apelación, recordando que la querella de Camila Polizzi había sido declarada admisible por el propio Juzgado de Garantía.
Esta fue la primera audiencia por el Caso Convenios en el Bío Bío, a la espera de la segunda el jueves, solicitada por la defensa de Rodrigo Alarcón, el exjefe de Gabiente del gobernador Rodrigo Díaz, quien busca conocer si es investigado por la Fiscalía.
Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por
lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia
dicte sentencia en su contra. (Artículo 04 del Código Procesal Penal)
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