La Segunda Sala de la Corte de Apelaciones de Concepción, en la región del Bío Bío, estableció que las publicaciones realizadas por una apoderada del colegio Mare Nostrum, de la comuna de Arauco, constituyen actos vulneratorios del derecho a la honra e intimidad de la profesora.
Según el fallo, la apoderada publicó en su perfil de Facebook comentarios, fotografías y alusiones directas de carácter ofensivo y amenazante contra la docente. En los posteos la sindicó como una profesora que retaba y trataba mal a sus alumnos. Tales publicaciones generaron una serie de comentarios negativos efectuados por terceras personas, todos alusivos a la profesional.
La resolución agrega que la publicación efectuada el 9 de marzo último en la página de la apoderada, aludiendo con imágenes y texto expresamente a la docente, “constituye un acto de autotutela, proscrito por el ordenamiento jurídico y vulneratorio del derecho a la honra, vida privada e intimidad, reconocido y protegido en el artículo 19 N°4 de la Constitución Política de la República”.
Existían otros canales para reclamar
El ministro Waldemar Koch, explicó por qué se acogió el recurso. “Porque existían otros canales, otros conductos; para que la apoderada descontenta, disconforme, o simplemente por no estar de acuerdo con lo ocurrido al inicio del año escolar con la referida profesora, debió haber utilizado otros conductos para reclamar o quejarse de su proceder”, dijo.
Por tanto, la Corte resolvió acoger el recurso de protección y ordenó a la apoderada eliminar de la red social Facebook las publicaciones; comentarios; fotografías y noticias de cualquier índole contenidas en su página/perfil que aludan directa o indirectamente a la docente, debiendo abstenerse de perseverar en esa conducta.
La resolución fue en fallo dividido. La Segunda Sala del tribunal de alzada estuvo integrada por el ministro Waldemar Koch Salazar, la ministra Margarita Sanhueza Núñez (voto en contra) y la abogada (i) Laura Silva Uribe.