Camilo Castro | Agencia UNO
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La próxima semana se desarrollará la audiencia donde se conocerá si la Fiscalía aplicará la facultad de no perseverar en la investigación del tío abuelo de Tomás Bravo o si se pedirá su sobreseimiento definitivo en la causa.
En el Juzgado de Garantía de Arauco se realizará la audiencia que definirá el futuro de la investigación en contra del tío abuelo de Tomás Bravo. Esto luego que la Corte Suprema dejara sin efecto la reformalización de cargos de Jorge Escobar, por el delito de abandono de menor con resultado de muerte.
La decisión del máximo tribunal se dio al acoger el argumento de la Defensoría Penal Pública, que representa al imputado, respecto a que se superó el tiempo máximo de investigación establecido, el que constaba de un período de 24 meses.
Así, se anuló la nueva imputación que realizó la fiscal regional del Bío Bío, Marcela Cartagena, el pasado 10 de marzo.
Tras este revés de la Fiscalía, restaba que el Juzgado de Garantía fijara una audiencia para discutir únicamente el apercibimiento de cierre de la investigación.
Situación que se definió este lunes, fijando dicha instancia para el 12 de abril a las 9:00 horas, donde la Fiscalía deberá resolver si aplicará la facultad de no perseverar, no continuar con la investigación respecto de Jorge Escobar; o pida el sobreseimiento definitivo, que es lo que pide la Defensoría Penal Pública.
Lo último por no haber obtenido durante todo este tiempo pruebas que permitieran llevar a juicio oral al acusado.
Es preciso indicar que la madre de Tomás Bravo, Estefanía Gutiérrez, informó la semana pasada, a través de sus abogados, que demandará al Estado por los errores cometidos en la investigación por la desaparición y muerte de su hijo, hecho registrado hace dos años en la provincia de Arauco.
Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por
lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia
dicte sentencia en su contra.
(Artículo 04 del Código Procesal Penal)