Al no ser considerados como víctimas de los hechos que investiga la Fiscalía, el Juzgado de Garantía de Concepción declaró inadmisible la querella interpuesta por el municipio local tras el homicidio del carabinero Alex Salazar. Desde la casa edilicia confirmaron que apelarán a la resolución.
El Juzgado de Garantía de Concepción declaró inadmisible la querella presentada por el municipio local tras el homicidio del carabinero Alex Salazar, brutalmente atropellado durante un procedimiento en el Barrio Estación.
Lo anterior, según la resolución del juez Carlos Aguayo, es por la querella presentada por la viuda del funcionario policial y porque el municipio no es víctima de los hechos investigados por la Fiscalía.
Ante eso, el alcalde Álvaro Ortiz no podrá intervenir con querellante en la causa en contra de Jhoyner Bonilla, venezolano sindicado como el responsable del homicidio del ahora suboficial mayor, grado póstumo otorgado por Carabineros.
Tras el revés judicial, el abogado del municipio, Aldo Mardones, adelantó que recurrirán a la Corte de Apelaciones para que revierta la resolución y declare admisible la querella.
En dicha acción legal, el municipio buscará las máximas sanciones en contra del imputado, que -recordemos- permanece en prisión preventiva.
Hasta ahora son parte en la indagatoria, además del Ministerio Público, la viuda del cabo, a través de una querella presentada por su abogada Jessica Cortés, y la Delegación Presidencial, que ingresó una acción legal también por homicidio.
Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por
lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia
dicte sentencia en su contra. (Artículo 04 del Código Procesal Penal)
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