Un recurso de protección contra el Servicio Electoral (Servel) presentó el Preston School de Hualpén, región del Bío Bío, con el objetivo de dejar sin efecto la designación del recinto como local de votación para el plebiscito de salida del 4 de septiembre,

Un colegio particular pagado de Hualpén recurrió a la justicia, pidiendo dejar sin efecto la designación del establecimiento como local de votación para el plebiscito de salida del 4 de septiembre.

La acción legal denuncia que el Servel no notificó la medida a tiempo, señalándose desde el organismo que mientras no exista un fallo, el Preston School será usado en la consulta.

Se trata de un inédito conflicto abierto por el colegio particular pagado Preston School, luego que recién hace una semana, el 2 de agosto, recibiera una carta del Servicio Electoral en Concepción, designándolo sede de votación para el próximo 4 de septiembre.

El establecimiento ubicado en Hualpén presentó un recurso de protección en la Corte de Apelaciones penquista, pidiendo dejar sin efecto la designación, argumentando el plazo menor a los 50 días que establece como mínimo la ley, pero también la inexistencia de un estudio de seguridad que debe evacuar la Armada.

El Preston School evitó referirse al tema, pidiendo canalizar las consultas a través de su abogado, Roberto Coloma, quien señaló que lo que se está impugnando es la actuación del Servel al margen de la normativa, y que no es que no se quiera ayudar en el proceso eleccionario.

Desde el Servicio Electoral, su director regional, Juan Eduardo Toledo, admitió estar al tanto extraoficialmente del recurso de protección, estando a la espera de la notificación, evitando referirse a los argumentos de la presentación.

Sin embargo, Toledo fue categórico al subrayar que independiente de la acción legal, mientras la justicia no diga lo contrario, el establecimiento educacional sigue siendo local de votación y debe ser puesto a disposición de la Armada el próximo 2 de septiembre.

La Corte de Apelaciones debería resolver este viernes la admisibilidad del recurso. En ese caso, solicitará al Servel un informe, para después emitir un fallo, que cualquiera sea el tenor, podría ser apelado a la Corte Suprema.