Se trata del primer condenado por delitos asociados a la revuelta social, quien tendrá que regresar a la cárcel luego que la Corte rechazara un recurso de amparo.
Según determinó el tribunal de alzada, lo que determinó la Comisión de Libertad Condicional se ajusta a lo que establece la norma.
De esta forma, si el condenado incumplió condiciones como no asistir a talleres de reinserción, el retiro del beneficio no es ni ilegal ni arbitrario. Y por lo tanto, el resto de la sentencia debería ser cumplida en la cárcel.
Recordemos que Peyrin fue detenido en diciembre de 2019 por el delito de porte de bomba molotov, siendo finalmente condenado a 3 años y 1 día de cárcel efectiva, aunque recibiendo la libertad condicional tras 14 meses de privación de libertad.
Defensa criticó fallo de la Corte de Apelaciones
El abogado defensor Esteban Arévalo criticó el fallo, señalando que no se hizo cargo de los antecedentes entregados como descargos, por lo que llevará el caso a la Corte Suprema.
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Según argumentó la defensa ante la Justicia, Peyrin Matamala no asistió a los cursos de Gendarmería a raíz de sus obligaciones laborales, insistiendo además que el incumplimiento no era grave como para revocar el beneficio.
Además, el abogado Arévalo subrayó en el componente político que tiene el caso, lo que quedó demostrado -agregó- con las declaraciones del seremi de Justicia (s), Robert Contreras, quien el miércoles se refirió a los motivos por los que fue revocada la libertad condicional.
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La pena impuesta en este caso está vigente hasta diciembre de 2022, por lo que si el máximo tribunal del país confirma el fallo de la justicia penquista, Carlos Peyrin deberá pasar todo este año privado de libertad.