Al dar la razón a comunidades pehuenches del Alto Bío Bío, la justicia ordenó a la Dirección General de Aguas incorporar la consulta indígena en los remates de derechos de agua. Si bien el fallo tiene que ver sólo con un proceso en el Tío Queuco, la resolución podría sentar jurisprudencia a nivel nacional.
Fue el año pasado cuando comunidades pehuenches del Alto Bío Bío, puntualmente de la Asociación Indígena de Butalelbún, llegaron a la Intendencia en Concepción para reclamar por el remate convocado por la Dirección General de Aguas respecto de derechos de agua en el río ya señalado.
Ese proceso fue paralizado por una orden de no innovar en septiembre de 2019, en el marco de un recurso de protección acogido ahora por la Corte de Apelaciones de Concepción, presentado por el senador Alejandro Navarro, quien destacó que la justicia decrete la consulta indígena para derechos de agua en ríos que atraviesan las tierras donde viven los pueblos originarios.
La acción legal fue patrocinada por el abogado Guillermo Rioseco, quien dijo que si bien la sentencia atañe sólo al Río Queuco, debería sentar jurisprudencia sobre el cumplimiento del Convenio 169 de la OIT en la materia.
Aunque la resolución podría ser apelada a la Corte Suprema, el seremi de Obras Públicas, Víctor Reinoso, deslizó la posibilidad de que la DGA acate el fallo, al señalar que desde ahora en adelante habrá que considerar a los pueblos indígenas en estos procesos de remate de derechos de agua.
Lo que señaló la Corte en su sentencia es que el acto administrativo denunciado puede afectar las costumbres ancestrales y la cosmovisión en este caso de la comunidad pehuenche de Butalelbún; existiendo para ese efecto la normativa especial que obliga consultas indígenas.