La Corte de Apelaciones de Concepción rechazó la solicitud de prohibir a los medios de comunicación -y particularmente a Radio Bío Bío- informar sobre la denuncia contra el abogado acusado de cobrar honorarios éticamente cuestionables a las víctimas de un fatal accidente de tránsito.
Gerardo Neira Carrasco presentó un recurso de protección contra sus clientes y contra el periodista que difundió la denuncia en su contra, pidiendo una orden de no innovar que hubiera puesto prácticamente una mordaza para no informar de este caso.
La Primera Sala del tribunal de alzada, conformada por los ministros Carlos Aldana, Manuel Muñoz y Yolanda Méndez, si bien acogió a trámite la acción legal, rechazó la solicitud del abogado Neira, indicando que no había antecedentes que justificaran la drástica medida.
En paralelo al recurso ante la justicia, el profesional pidió la defensa del Colegio de Abogados de Concepción, cuyos consejeros revisarán esta jornada la presentación que califica como un desprestigio la denuncia de sus representados, quienes cuestionan que busque quedarse con 41 de los 91 millones de pesos del acuerdo reparatorio por el fatal accidente en la ruta Concepción Cabrero el año pasado.
Por su parte, el Consejo Regional Bío Bío del Colegio de Periodistas de Chile señaló a través de un comunicado que rechaza cualquier intento de censura, y mostraron preocupación por la situación del periodista en cuestión.
Lee a continuación lo que señaló el Consejo Regional Bío Bío del Colegio de Periodistas de Chile:
1.- En primer término, rechazamos tajantemente todo intento de censura que pueda afectar tanto a un medio de comunicación como a un periodista que cumple con su labor de informar. Nos parece que se trata de un atropello inaceptable a un derecho fundamental como es la libertad de prensa y de información en aras del resguardo de un interés personal.
2.- Asimismo, consideramos grave y preocupante la situación específica que afecta al colega, periodista de radio Bio Bio de Concepción, contra quien fue presentado un recurso de protección para impedir que siga informando sobre una denuncia que recogió en su reporteo cotidiano y que le fue comentada por los propios afectados.
3.- Como periodistas estamos obligados a recoger las distintas versiones de los hechos que reporteamos, como una premisa básica de nuestro quehacer y entendemos que en esta oportunidad no fue la excepción, pues el colega Polanco requirió la versión del denunciado que en este caso es un abogado de Concepción.
4.- Recalcamos que si en el ejercicio de esta labor profesional, alguna persona se siente afectada o considera que no se entregó su versión de los hechos que la involucran, tiene derecho a hacerlo presente al medio de comunicación respectivo a través del derecho a réplica, consagrado en la Ley sobre Libertades de Opinión e Información y Ejercicio del Periodismo, en su artículo 16.
5.- Del mismo modo, si la actuación del periodista no se enmarca dentro de los cánones que establece el Código de Ética del Colegio de Periodistas de Chile, la persona afectada o aludida, independiente de si el colega pertenece o no a la orden profesional, puede acudir al respectivo Tribunal de Ética presentando su denuncia para que ésta sea conocida por dicha instancia, la que en mérito de los antecedentes emitirá su pronunciamiento.
6.- Por lo mismo, no compartimos cualquier intento de censura que se pretenda establecer, ya sea por la vía administrativa o la judicial, como en este caso, pues ello atenta contra el derecho a la información y a la libertad de expresión que tiene la sociedad y es totalmente contrario a la esencia de la democracia.
7.- En especial nos preocupa que en el recurso de protección interpuesto por un abogado de Concepción en contra del periodista Fabián Polanco y de sus propios representados, se pida la suspensión de las publicaciones periodísticas referidas a la situación denunciada no solo a radio Bío Bío y sus medios asociados, sino “a cualquier otro medio de comunicación ya sea escrito, virtual o red social…”, ya que ello va directamente en contra de la libertad de prensa e información, más aun cuando, como lo hemos señalado, existen las instancias para hacer respetar los derechos del abogado que pudiesen haber sido vulnerados.
8.- Finalmente, expresamos nuestra solidaridad con el colega, ante esta situación y reiteramos nuestra convicción en cuanto a que buscar impedir la difusión de determinadas informaciones no es nunca la mejor solución, por tanto esperamos que la Corte no acoja esta petición de censura.