El Tribunal de Garantía de Quillota determinó la libertad -ya en dos oportunidades- de un hombre de iniciales A.E.U.L., de 44 años, quien fue inicialmente formalizado por delito de amenazas.
En esta primera instancia, luego de golpear al guardia de un supermercado y amenazarlo con un arma de fuego por reprocharle no usar mascarilla, se decretaron las medidas cautelares de prohibición de acercarse a la víctima y también para portar armamento de fuego.
Luego, tras ser liberado y de acuerdo a información entregada por Gendarmería, el imputado agredió a dos funcionarios del Centro de Detención Preventiva de Quillota.
El coronel Óscar Luna, director regional subrogante de dicha institución, manifestó que tras lo ocurrido, decidieron presentar una querella en contra del acusado.
“Nuestros funcionarios se encuentran en condiciones físicas estables que por suerte no fueron de riesgo. Con los antecedentes que se tienen, nuestro equipo jurídico se encuentra elaborando una querella criminal, siempre en la defensa de nuestros funcionarios para que no se vean expuestos a estas situaciones”, señaló.
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Mediante un comunicado, Gendarmería informó que uno de los funcionarios del penal sufrió una contusión en la zona del tórax, mientras que su compañero de labores presentó un edema y eritema (daño en la piel) del rostro.
Dichas lesiones provocaron que el imputado fuese formalizado por segunda ocasión por el delito de maltrato de obra, tras lo cual nuevamente fue dejado en libertad.
Iván Cisternas, delegado presidencial provincial de Quillota, puntualizó que su primera detención ocurrió por negarse a utilizar mascarilla en un supermercado local, cuestionando su liberación.
“Fue a un supermercado sin portar la mascarilla, el guardia le solicitó que se la pusiera, ante lo cual golpeó al guardia con la parte trasera de un arma de fuego. El antecedente es grave no sólo por la situación sanitaria que estamos viviendo, sino por agredir a quien sólo está cumpliendo su función”, aseveró Cisternas.
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El Tribunal de Garantía de Quillota dictaminó un plazo de investigación de 100 días para la primera causa.
Para la segunda, en tanto, el Ministerio Público aplicó el denominado principio de oportunidad, que refiere a cuando “el fiscal no continúa adelante con la investigación cuando los hechos denunciados no comprometan gravemente el interés público”.