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En el fallo, el magistrado Exequiel González Castillo estableció que la demandada vulneró el derecho a la no discriminación y a la libertad de emitir opinión del trabajador.

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El Juzgado de Letras del Trabajo de Rancagua acogió la demanda de tutela laboral presentada en contra de la empresa minera Codelco Chile División El Teniente y le ordenó pagar una multa de 60 UTM, como también reintegrar al trabajador despedido en represalia por su actividad sindical.

Junto a esto, se deben informar las remuneraciones, bonos, incentivos y gratificaciones adeudadas desde la fecha de la desvinculación, 7 de octubre de 2021, y hasta que retome efectivamente sus funciones.

En el fallo, el magistrado Exequiel González Castillo estableció que la demandada vulneró el derecho a la no discriminación y a la libertad de emitir opinión del trabajador.

Que la conducta del empleador, al desvincular al trabajador que emitió el discurso crítico y de cuestionamiento a lo planteado por el Gerente General de la empresa, es carente de todo fundamento, y resulta ser desproporcionada”, sostiene el escrito publicado en la página del Poder Judicial.

La resolución agrega que: “Por lo anterior y como se señaló, con respecto al análisis de la causal invocada por el empleador, el cual se determinó que fue injustificado, se conlleva necesariamente a la determinación de una motivación del despido distinto, como es la sospecha de un acto represivo a la libertad de expresar su opinión en cuanto a la última oferta del empleador de negociación colectiva”.

Por tanto, se acogió la demanda interpuesta por Andrés Humberto Parraguez Fritz, de Tutela Laboral, “por haber sido ejecutado su despido en represalia de su actividad sindical, conforme lo dispone el artículo 294, y por despido vulneratorio del derecho a no ser discriminado por razones de sindicación y del derecho de la libertad de emitir opinión conforme a lo dispuesto en los artículos 489 y 485 del Código del Trabajo, siendo el despido del que ha sido objeto el actor vulneratorio del derecho a la no discriminación de carácter grave, en contra de la empresa Codelco Chile, División El Teniente, representada por su gerente general don Andrés Music Garrido, todos ya individualizados”.