Un reo identificado como Erich Beltrán Torres fue acusado el 13 de noviembre de realizar tocaciones indebidas en contra de una funcionaria de Gendarmería en la Cárcel de Chillán, región de Ñuble.
El hombre de 31 años se encontraba en el recinto cumpliendo 3 años y 1 día por el delito de robo en lugar no habitado, tras ser condenado en juicio abreviado por el Juzgado de Garantía de Bulnes.
Esto, sin perjuicio que al comienzo la Fiscalía formalizó al hombre por robo en lugar habitado y luego, tras la investigación, presentó una acusación por el delito de robo en lugar destinado a la habitación, para los cuales el Código Penal contempla penas más altas que la impuesta.
Fue en la individualización de audiencia de preparación de juicio oral, el 30 de octubre del presente año, donde la fiscal Tamara Cuello acusó verbalmente el robo en lugar no habitado, por el que Beltrán fue finalmente condenado.
Abuso sexual
Según documentos internos a los que tuvo acceso BioBioChile, la agresión sexual se produjo pasada las 11:00 horas del día 13 de noviembre, cuando la funcionaria -quien es paramédico del recinto penal- se encontraba en el sector de ‘recorrido’ realizando entrega de medicamento a otro condenado.
En ese contexto, el sujeto realizó una tocación en el glúteo de la funcionaria, por lo que de inmediato ella dio cuenta de lo ocurrido a un colega suyo que custodiaba el sector.
Ante esto, el alcaide del centro penitenciario solicitó formalmente el traslado del individuo a otro penal, al tiempo que se informó de lo ocurrido al fiscal de turno, Mauricio Mieres Mujica.
En paralelo, la funcionaria prestó declaración y posteriormente fue derivada con la asistente social del personal para recibir contención emocional.
La solicitud de traslado fue oficializada al día siguiente de ocurrido el delito por el director regional de Gendarmería en Ñuble, Gonzalo Hermosilla, quien justificó la petición como “medida de seguridad institucional”.
Lo anterior, argumentado además en las otras 9 sanciones disciplinarias con las que contaba Beltrán Torres en su hoja de vida penitenciaria; algunas por autoagresiones y hallazgos de celulares y drogas. En concreto, se pidió el envío del sujeto a un recinto penal de otra región.
Como Gendarmería tiene la potestad de definir en qué lugar cumple su condena un reo (así lo indica la Ley y lo han establecido los tribunales de alzada, incluyendo la Corte de Apelaciones de Chillán) el sujeto fue sacado de la cárcel de Chillán.
Cautela de garantías
Todo derivó entonces en que se dispusiera el traslado provisorio del victimario hasta la cárcel Valdivia y Luego a Bulnes, lugares donde alcanzó a estar sólo algunos días. Esto, porque su abogado privado, Juan Sandoval Toledo, solicitó al Juzgado de Garantía de Bulnes una audiencia para revisar las cautelares que se materializó el 28 de noviembre.
En la instancia estuvo presente el fiscal (s) de Bulnes, Andrés Salgado Valdebenito, según da cuenta el acta de la audiencia. Allí la defensa del condenado (y ahora nuevamente imputado) pidió a la magistrado, Carolina Sánchez Abarca, el retorno de Erich Beltrán a Chillán.
“La Defensa atendido los argumentos expuestos solicita el traslado de reciento penal de Valdivia al C.C.P de Chillan respecto del condenado el cual se realizó de manera arbitraria sin previa aprobación del Tribunal de Ejecución”, se lee en el documento.
Al mismo tiempo, el escrito señala expresamente que “la Fiscalía no se opone a lo peticionado” por la defensa.
Con ello, la jueza accedió a la solicitud y ordenó restablecer la situación penitenciaria del condenado, por lo que su retorno a Chillán debía ser inmediato.
Ante esto, la jefa del Departamento de Control Penitenciario de Gendarmería, teniente coronel Luz González, ofició el mismo 28 de noviembre a la jueza con el fin de que la decisión fuera reconsiderada.
En este documento, la alta funcionaria de Gendarmería señalaba expresamente que el retorno del sujeto a la unidad de Chillán era “perjudicial para la funcionaria (víctima) y el personal en general”.
En este contexto, el pasado 5 de diciembre se realizó una nueva revisión de garantías en el juzgado de Bulnes. De esta audiencia participó nuevamente la defensa del imputado, el fiscal (s) Salgado y Roberto Inostroza, un abogado en representación de los intereses de Gendarmería.
Precisamente Inostroza expuso ante la jueza Carolina Sánchez los argumentos por los cuales no era viable el retorno a Chillán, apuntando al bienestar de la funcionaria agredida.
No obstante, el representante del Ministerio Público, detalla el acta de la audiencia, se allanó otra vez a la solicitud de la defensa privada del imputado, por lo que la jueza confirmó su decisión de disponer el retorno del sujeto.
En esta segunda oportunidad también la magistrado encontró procedente el retorno.
“Se ordena nuevamente restablecer la situación penitenciaria del condenado autorizando de manera efectiva y oportuna el traslado inmediato del condenado al penal de C.C. P de Chillan”, reza el acta de la audiencia.
Sobre este punto, la Fiscalía Regional de Ñuble enfatizó en que el fiscal no “se allanó” a la petición de la defensa, sino que en ambas oportunidades optó por dejar a criterio de la jueza la decisión de devolver o no al reo hasta su penal de origen.
Finalmente, BBCL pudo comprobar que el convicto figura a la fecha, y aparentemente de forma transitoria, recluido en el Centro Penitenciario de la comuna de Yungay, misma región de Ñuble.
Ante esto, la Asociación Nacional de Funcionarios Penitenciarios (Anfup) en la región de Ñuble se mostró en desacuerdo con lo dispuesto por el tribunal, argumentando que Gendarmería tiene la facultad de disponer el traslado de un condenado a cualquier recinto penal que estime conveniente.
“Nos parece poco consecuente de que convivan un espacio común la víctima y el victimario. Además, nos parece muy paradójico que por un lado en Chillán el Ministerio Público persiga el delito y en Bulnes se cuadre con la postura de la defensa (del condenado e imputado) Acá se está pasando por alto incluso una de las funciones principales que tiene el Ministerio Público que es la protección a la víctima”, indicó el presidente regional de la Anfup, Cristián Montecinos.
Ante esto, BioBioChile se contactó con la Fiscalía Regional de Ñuble para entender la razón por la que uno de sus fiscales declinó oponerse a la solicitud de retorno del imputado, suponiendo que pudo tratarse de un error.
Tras la inquietud planteada por este medio, la entidad persecutora decidió solicitar al Juzgado de Garantía de Chillán nuevas cautelares para asegurar la protección de la víctima.
“En el caso de condenados la facultad de traslados es de Gendarmería, sin perjuicio que la Defensoría Penitenciaria pueda presentar solicitudes ante el juez de garantía, reclamando dicho traslado, solicitud que finalmente resuelve el tribunal. En este caso ocurrió lo anterior y el fiscal (s) de Bulnes dejó a criterio del tribunal dicha resolución de traslado”, señala una declaración emanada desde la entidad.
“Tomado conocimiento que hay una víctima que pudiera verse afectada con dicha resolución del tribunal, la Fiscalía de Chillán solicitará al Juzgado de Garantía de esa ciudad, y al más breve plazo, que decrete cautelares, con el fin de asegurar la protección inmediata de la víctima en la causa que se indaga por abuso sexual. En esta investigación ya se le tomó declaración a la víctima y se han realizado otras diligencias”, agrega el texto.
Con todo, se espera que en una nueva audiencia de cautela de garantías se establezcan medidas que permitan a la víctima poder continuar con sus labores en el penal, sin verse obligada a toparse con su agresor.