Aunque arriesgaba más de 25 años de cárcel por tres delitos en contexto de violencia intrafamiliar, el único acusado por la muerte de Glenda Delgado Cárdenas recibirá una pena mucho menor.
Por unanimidad, los jueces del Tribunal Oral en lo Penal de Punta Arenas lo absolvieron de la acusación en su contra por femicidio íntimo y daños.
La evidencia rendida durante el juicio solo logró acreditar que el acusado incurrió en un delito de desacato continuado.
Según el veredicto, “la prueba del Ministerio Público y de la querellante no ha permitido al tribunal alcanzar la convicción que, en la especie, la muerte de Glenda Delgado Cárdenas fue perpetrada por un accionar homicida del acusado”.
La muerte de Glenda Delgado Cárdenas
Glenda falleció el 27 de diciembre de 2019, a sus 43 años de edad. En esa etapa de su vida convivía con el imputado en una construcción “hechiza” contigua al Estadio Fiscal, a pesar de que el hombre tenía una prohibición de acercamiento vigente por delitos de violencia intrafamiliar.
Según la acusación, en horas de la mañana la pareja se enfrascó en una discusión. Supuestamente el acusado destruyó el celular de Glenda con un hacha.
Después la habría asfixiado y golpeado en el rostro, cuello y muñecas.
La víctima huyó del domicilio, pero se desplomó en un extremo del predio donde se ubicaba su habitación. De acuerdo a la acusación, “fue la causa de su deceso la asfixia mecánica causada por el acusado”.
Pruebas fueron consideradas insuficientes
El imputado fue enjuiciado tras más de dos años en prisión preventiva. Cerca de 35 testigos y 18 peritos se sentaron en estrados, incluyendo funcionarios policiales, médicos, trabajadores del Estadio Fiscal y asistentes del SernamEG.
También se exhibieron sets fotográficos y se incorporaron los exámenes practicados al cuerpo.
Según los jueces, la evidencia no bastó para acreditar la configuración del femicidio y los daños.
“De la prueba incorporada por la Fiscalía y la querellante al juicio resultó insuficiente para tener por establecidos los delitos por los que se ha dictado decisión absolutoria”, dice el veredicto.
El tribunal también tuvo dudas razonables a partir de las primeras diligencias que hizo la Policía de Investigaciones.
“La prueba no fue especialmente precisa, especialmente se deben analizar las primeras intervenciones por personal de la PDI al cadáver de la occisa, como el perito médico legal, que hacen tangible la existencia de dudas razonables”, señala el fallo.
Sospechoso arriesga 5 años por desacato
Los magistrados solo dieron por acreditado que el imputado quebrantó la prohibición de acercamiento.
La Fiscalía pide que sea sancionado a cinco años de cárcel, mientras que la defensa solicita que purgue casi 800 días de prisión.
El defensor del imputado, Leonardo Vallejos, se mostró conforme tras la comunicación del veredicto. “Nosotros siempre postulamos que mi cliente no tenía participación, que la determinación de la causa de muerte no era precisa”, dice.
Al igual que los jueces, el abogado Vallejos sostiene que hubo imprecisiones en las diligencias practicadas sobre el cuerpo de la víctima.
Para ello incorporaron como prueba el peritaje de un médico legista que analizó la autopsia del Servicio Médico Legal.
“(El perito) manifiesta que hubo graves falencias en el trabajo realizado por parte del SML, lo que se materializa en que efectivamente existen dudas razonables”, señala el abogado.
Fiscalía evalúa ir a la Corte de Apelaciones
Descontentos con el resultado del juicio, la Fiscalía adelantó que explora recurrir a la Corte de Apelaciones de Punta Arenas.
“No estamos conformes con la decisión, así que vamos a estudiar la procedencia de recurso frente a esta decisión”, dijo la fiscal Romina Moscoso.