En fallo dividido, la Corte Suprema rechazó un recurso de amparo presentado por el exfiscal militar en Dictadura de Cautín, Alfonso Podlech Michaud.
La acción buscaba dejar sin efecto su procesamiento como autor de los delitos de apremios ilegítimos y homicidio calificado de Daniel de los Ángeles Mateluna Gómez y José María Ortigosa Ansoleaga, perpetrados en Temuco, en octubre de 1973.
La decisión fue asumida con el voto favorable de los ministros de la Segunda Sala del máximo tribunal, Hugo Dolmestch, Manuel Antonio Valderrama, Jorge Dahm y el abogado integrante Antonio Barra, quienes confirmaron la sentencia impugnada dictada por la Corte de Apelaciones de Temuco.
El tribunal de alzada de La Araucanía rechazó la acción cautelar que presentó la defensa del exfiscal militar ad hoc.
A juicio de los ministros, la resolución de someter a proceso a Podlech con la consecuente orden de arresto domiciliario total fue decretada por una autoridad competente, en uso de sus atribuciones, donde el exfiscal ha sido debidamente representado.
Por ello, no se advirtió ilegalidad alguna en la decisión que asumió el ministro Álvaro Mesa Latorre, quien investiga causas por violaciones a los Derechos Humanos.
La decisión de rechazar el amparo presentado por el abogado Víctor Carmine Zuñiga, en representación de Alfonso Podlech, fue adoptada con el voto en contra del ministro Carlos Künsemüller.