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El Servicio de Salud Osorno incorpora seis nuevos facilitadores interculturales al Programa Especial de Salud y Pueblos Indígenas (PESPI) para el 2025, sumando un total de 16 en toda la red provincial. Los cargos se distribuirán en distintos centros de salud, actuando como puentes entre comunidades, equipos sanitarios y sistemas tradicionales e indígenas.
El Servicio de Salud Osorno suma seis nuevos facilitadores interculturales a la Red Asistencial de la provincia, como parte del presupuesto 2025 asignado al Programa Especial de Salud y Pueblos Indigenas (PESPI).
Estos seis nuevos facilitadores interculturales complementarán los tres cargos asignados por el Ministerio de Salud en 2024. Con esta nueva incorporación, se contará desde julio de este año con 16 facilitadores en total en toda la red provincial de salud.
En cuanto a su distribución, los seis nuevos cargos serán destinados así: dos para los Cesfam de Bahía Mansa y de Puaucho en San Juan de la Costa, uno para el Hospital de Río Negro, uno para Puerto Octay, uno para el Cesfam Pedro Jáuregui en Osorno y uno para el Cosam Rahue en Osorno. Así lo informó el Director del Servicio de Salud Osorno, Rodrigo Alarcón.
En tanto, los cargos de continuidad con recursos asignados el año pasado son el Hospital de Purranque y el Hospital Base San José de Osorno. Mientras que el resto están distribuidos en el Hospital Pu Mülen de Quilacahuín, Hospital Misión San Juan y en los Cesfam de Purranque, de Puyehue y San Pablo.
Según lo destacado, los facilitadores constituyen uno de los pilares fundamentales del modelo de salud intercultural, siendo su función principal el ser un puente entre las familias, comunidades y equipos de los establecimientos, entre el sistema sanitario tradicional y el sistema indígena, facilitando así el mutuo entendimiento y contribuyendo a brindar pertinencia cultural y territorial en la atención de salud comunitaria.
Esto fue explicado por la facilitadora intercultural del Hospital Base San José de Osorno, Erica Inalef.
Esta asignación se da en el contexto de la implementación de las directrices del Decreto 21 del Ministerio de Salud, que aprueba el reglamento del artículo 7 de la Ley 20.584, sobre el derecho de las personas pertenecientes a los pueblos indígenas a recibir una atención de salud con pertinencia cultural.