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El exalcalde de Puerto Montt, Gervoy Paredes, comenzó una huelga de hambre líquida en medio del cumplimiento de la prisión preventiva en la cárcel Alto Bonito por la investigación en su contra por delitos de corrupción.

La información fue confirmada por Gendarmería, reportando que “el 24 de febrero, el imputado Gervoy Paredes informó de manera oficial al Complejo Penitenciario de Puerto Montt que inició una huelga de hambre líquida en protesta contra su proceso judicial“.

Fue a través de una carta escrita de puño y letra, y que difundió el medio 33 segundos, que el exjefe comunal explicó que tomó la decisión por “tanto ensañamiento e injusticia en mi contra”.

A su juicio, está “siendo investigado con sesgo, de negación de justicia, prejuicios y prácticamente estoy ‘encargado’ por un poderoso sector que influye notoriamente en posiciones de poder”.

También afirmó que lo tienen “arrinconado económicamente, sin permitirme usar mis recursos” y que como familia han resistido por el apoyo de mucha gente, que “han hecho llegar aportes a mi casa”.

Gendarmería activa protocolos

Desde Gendarmería informaron que en cumplimiento de los protocolos, que se aplica a todos los privados de libertad que toman esta medida, “será controlado dos veces al día por personal del área de salud del recinto penitenciario para evaluar su estado mientras dure su huelga de hambre”.

Además confirmaron que el imputado fue “sometido a un chequeo médico donde se constató que se encuentra hidratado y en buenas condiciones físicas”.

Es preciso indicar que el exalcalde enfrenta un proceso judicial por irregularidades durante su administración al mando del municipio de Puerto Montt. En concreto, que se acusan los delitos de cohecho, fraude al Fisco, enriquecimiento ilícito por funcionario público y lavado de activos.

Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia dicte sentencia en su contra.
(Artículo 04 del Código Procesal Penal)