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En la audiencia de formalización de cargos del patrón de la embarcación que naufragó en Bahía Mansa y dejó siete personas muertas, la Fiscalía expuso que el imputado pidió a los pasajeros no llamar a equipos de emergencia, asegurando que todo estaba bajo control y les aseguró que la Armada estaba monitoreando el recorrido cuando nunca fue así.

En el Juzgado de Garantía de Osorno se desarrolló la formalización en contra del imputado, quien compareció vía Zoom desde el CCP Osorno, instancia donde el Ministerio Público le imputó 7 delitos de homicidio simple con dolo eventual y 24 lesiones menos graves.

Esto tras la tragedia registrada el domingo en Bahía Mansa, cuando naufragó la embarcación “Río Cholguaco” y que cobró la vida de Nora Mera, Iris Marileo, Francisco Marileo, Rodrigo Naguil (rodos integrantes de un mismo grupo familiar), Mónica Hernández, Lucía Makarena Garnica y Cecilia Nail.

Relato de sobrevivientes: Patrón pidió no llamar a emergencias

En la audiencia, la fiscal María Angélica de Miguel relató los testimonios entregados por sobrevivientes y pescadores, que fueron los primeros en llegar a la emergencia y rescataron cuerpos y sobrevivientes del naufragio.

Según expuso, la familia Marileo Mera contrató el servicio exclusivo de traslado desde Bahía Mansa a Caleta Cóndor. Cada uno de los 21 integrantes pagó 27 mil pesos por el recorrido de ida y vuelta.

No obstante, el patrón subió a otras personas en otros muelles, llegando a la cifra de 34 personas.

Debido a que el número de pasajeros aumentó, la nave se sobrecargó y no todos tenían chalecos salvavidas. Algunas personas iban de pie y otras incluso en el techo, según lo testificado por los pasajeros. A ellos se sumó el peso del equipaje.

Con licencia vencida y sin autorización para navegar

De acuerdo a lo expuesto, el imputado no contaba con autorización para navegar la lancha, cuya propiedad era de su padre. Su licencia no estaba vigente y entregó una nómina incompleta de pasajeros al reportar solo 22 personas. Tampoco iba con tripulante, situación que no informó a la autoridad marítima, y en su lugar iba una adolescente de 16 años.

La autorización de zarpe de la embarcación “Río Cholguaco” era a nombre de su padre y dueño de la lancha, quien no realizó el recorrido esa jornada.

Ante el temor de los ocupantes de la embarcación y en particular de una de las pasajeras que estaba alterada por el tamaño y fuerza de las olas, el patrón de lancha les habría pedido no llamar a equipos de emergencia, asegurando que estaba todo bajo control.

Los sobrevivientes aseguraron que el imputado les dijo que todo estaba controlado, que estaba acostumbrado a realizar viajes con esas condiciones climáticas y, además, les aseguró que la Armada estaba monitoreando la embarcación, lo que no era así. Es más, de acuerdo a lo constatado, nunca usó el aparato de radio ni pidió ayuda.

También relataron que hubo un momento en que dejó la embarcación al mando de un tercero para revisar el motor de la lancha. Dicha persona se trataría de un militar que habría estado ebrio y que no supo qué hacer.

Tras solicitar que algunos pasajeros se cambiaran de lugar para hacer contrapeso y así intentar evitar el volcamiento de la misma, fueron los propios afectados los que con sus puños rompieron las ventanas para salir del interior de la lancha.

El patrón de la nave habría sido el primero en abandonar la embarcación sin prestar ayuda a ninguno de los pasajeros.

Una vez en el mar, no todos tenían chaleco salvavidas, situación que constataron los pescadores artesanales que llegaron a prestar auxilio a los afectados. La fiscal María Angélica de Miguel incluso reveló que una de las víctimas debió soltarse del chaleco salvavidas para salvar a su hijo.

El Ministerio Público expuso que por una motivación netamente económica, el acusado sobrecargó la embarcación pese a conocer que la capacidad de la misma era menor.

La defensa del imputado reconoció que en el actuar de su representado fue negligente, pero descarta la existencia de dolo, y, por tanto, se trataría de un cuasidelito de homicidio. A diferencia de la Fiscalía, que pidió su prisión preventiva; el abogado pidió decretar el arraigo nacional.

También refutó la versión del Ministerio Público, asegurando que algunos sobrevivientes indicaron que todos estaban con chalecos salvavidas y afirmó que su representado realizó acciones para evitar que el agua ingresara a la embarcación. Asimismo, expuso su experiencia como pescador y bombero.

Es preciso indicar que por instrucción del tribunal no se puede mostrar la cara ni dar la identidad del imputado.

Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia dicte sentencia en su contra.
(Artículo 04 del Código Procesal Penal)