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El exdirector del DAEM de Puerto Montt, Albán Mancilla, quedó en prisión preventiva por fraude al fisco en una investigación del Ministerio Público en la capital de Los Lagos. Tras revocar la medida de arresto domiciliario, la Corte de Apelaciones determinó su ingreso a la cárcel Alto Bonito debido a indicios de los delitos. Los abogados querellantes destacaron la resolución argumentando que el delito está acreditado y existe peligro de fuga. Mancilla es investigado por mal manejo de fondos educativos y contratación de empleados ficticios.

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Con la medida cautelar de prisión preventiva quedó el exdirector del DAEM de Puerto Montt, Albán Mancilla, imputado por fraude al Fisco en la indagatoria que lleva adelante el Ministerio Público en el municipio de la capital regional de Los Lagos.

Esto se da luego que la Corte de Apelaciones revocara la decisión tomada en primera instancia y que dejó al exfuncionario con arresto domiciliario.

Solo tres días logró estar en su casa, ya que el tribunal acogió la apelación y ordenó su reingreso al Penal Alto Bonito, argumentando que existen claros indicios de que el imputado habría cometido los delitos que se le imputan.

Querellantes valoran prisión preventiva

La resolución fue valorada por los abogados querellantes en esta causa de lavado de activos. Así lo indicó Braulio Sanhueza, añadiendo que el cambio de cautelar se debe a que “el delito está acreditado” y hay “peligro de fuga inminente”.

Su par querellante, Marcos Velásquez, manifestó su satisfacción por el cambio de medida cautelar del imputado y confirmó que están pidiendo nuevas diligencias de investigación para complementar el trabajo de la Fiscalía.

Albán Mancilla, exjefe del DAEM de Puerto Montt, es investigado por el manejo de los fondos de la Subvención de Educación Preferencial y la contratación de funcionarios fantasmas.

Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia dicte sentencia en su contra.
(Artículo 04 del Código Procesal Penal)