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El alcalde de Temuco en busca de la reelección, Roberto Neira, es investigado por presunto lavado de activos y fraude al Fisco, tras revelarse un audio donde se menciona financiamiento de la CAM para su campaña.

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En calidad de imputado está el alcalde a la reelección por Temuco, Roberto Neira, debido a la investigación por el presunto delito de lavado de activos y fraude al Fisco, tras un audio donde se menciona que recibió financiamiento de la CAM.

Además, Fiscalía aseguró que desconoce el informe de inteligencia donde se revela una reunión que habría sostenido el candidato del pacto Contigo Chile Mejor y Héctor Llaitul.

Escasos detalles entregó el fiscal regional de La Araucanía, Roberto Garrido, respecto a la investigación por el eventual delito de lavado de activos y fraude al Fisco que involucran al alcalde por la reelección en Temuco, Roberto Neira.

Se trata de una indagación que comenzó en julio del año pasado tras la denuncia que ingresó el desaforado diputado, Mauricio Ojeda, cuando entregó un audio en donde se menciona que el candidato del pacto Contigo Chile Mejor recibió financiamiento de la CAM para la campaña política que realizó en 2021.

El fiscal regional, Roberto Garrido, aseguró que la investigación presenta avances relevantes con declaraciones de varias personas y en distintas ocasiones, asegurando que la ley prohíbe entregar detalles.

El persecutor también reveló que siguen otras aristas y que tiene relación a cómo se obtuvo el audio, ya que se podrían constituir otros delitos.

El fiscal regional de La Araucanía también fue consultado por el informe de inteligencia que da cuenta de una reunión que el alcalde saliente, Roberto Neira, habría sostenido en su casa con el líder de la CAM, Héctor Llaitul, a mediados del 2021.

En este sentido, Garrido aseguró que no están en conocimiento de ese antecedente y que es algo que también se está investigando.

Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia dicte sentencia en su contra.
(Artículo 04 del Código Procesal Penal)