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En Angol, los 17 comuneros acusados por secuestro calificado y maltrato a gendarmes en la cárcel de la ciudad, han renunciado a ser defendidos por la Defensoría Penal Pública Mapuche de La Araucanía.
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Los 17 comuneros acusados por el delito de secuestro calificado y maltrato de gendarmes en la cárcel de Angol, renunciaron a ser representados por la Defensoría Penal Pública Mapuche de La Araucanía y exigen ser defendidos por abogados de otras regiones.
La citada decisión fue comunicada por los acusados por medio de redes sociales, entre ellas el portal de Facebook “Prisioneros Políticos Mapuche de Angol”, acusando que la Defensoría Penal Pública Mapuche tiene un actuar racista, el que -a su parecer- han adoptado en estos últimos años en el gobierno de Gabriel Boric.
En ese sentido, afirmaron que son instituciones del Estado y que, por lo tanto, obedecen a las políticas de Gobierno.
A su vez, agregaron que el 19 de agosto de este año pidieron a sus defensores una reunión de coordinación, previa al juicio oral, pero respetando el orden mapuche y con la presencia de sus autoridades ancestrales, lo que no ocurrió.
Además, detallaron que el 10 de septiembre se intentó desarrollar otra reunión, pero fracasó por la ausencia de sus loncos y voceros e incluso con falta de comunicación para los propios acusados.
Por lo anterior, resolvieron renunciar a ser representados por abogados de la Defensoría Penal Pública Mapuche de La Araucanía, exigiendo abogados de otras regiones.
El 13 de agosto pasado, tras la renuncia de los acusados a su defensa, fue postergada la audiencia de juicio oral en esta causa, por lo que ahora está agendada para el 14 de octubre próximo en el Tribunal Oral en Lo Penal de Angol por los hechos ocurridos el 7 de mayo de 2023 en la cárcel de la capital de la provincia de Malleco.
Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por
lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia
dicte sentencia en su contra.
(Artículo 04 del Código Procesal Penal)