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Este jueves se llevó a cabo la formalización del único acusado por el femicidio de Constanza Herrera, de 17 años, en Angol, donde el tribunal decretó la medida cautelar de internación provisoria y fijó un plazo de investigación de cuatro meses. El fiscal jefe de Angol señaló que el acusado deberá ser juzgado bajo la Ley de Responsabilidad Penal Adolescente, arriesgando de 5 a 10 años de privación de libertad en caso de acreditar su responsabilidad en el crimen. Tras declarar como testigo ante la PDI, el acusado habría confesado haber causado la muerte de Constanza Herrera, lo que llevó a su detención, formalización y privación de libertad en el Centro de Internación Provisoria de Cholchol.

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Este jueves se desarrolló la formalización en contra del único acusado por el femicidio de Constanza Herrera de 17 años en Angol, ocasión en que el tribunal decretó la medida cautelar de internación provisoria.

Lo anterior, luego de que el Juzgado escuchara los argumentos de la Fiscalía, donde además, fijó un plazo de investigación de cuatro meses.

En cuanto a las penas que arriesga el acusado, el fiscal jefe de Angol, Cristián Gacitúa, dijo que este debería ser juzgado con la Ley de Responsabilidad Penal Adolescente, por lo que en el caso de acreditarse su responsabilidad en el crimen, podrían arriesgar desde los 5 hasta los 10 años de privación de libertad.

Además, tras las consultas de Radio Bío Bío, el persecutor agregó que el acusado a la hora de estar prestando declaración como testigo frente a la PDI, habría comentado a los detectives que él le causó la muerte a Constanza Herrera, joven con quien mantenía una relación amorosa.

Asimismo, con esos antecedentes fue posible detenerlo, formalizarlo y lograr la cautelar de privación de libertad.

Cabe mencionar que, el acusado también de 17 años, tendrá que cumplir con la medida en el Centro de Internación Provisoria de Cholchol.

Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia dicte sentencia en su contra.
(Artículo 04 del Código Procesal Penal)
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