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La Primera Sala de la Corte de Apelaciones de Temuco confirmó la prisión preventiva para la mujer que sustrajo una bebé recién nacida desde el Hospital Hernán Henríquez Aravena, argumentando que su libertad representa un peligro para la sociedad y la víctima, además de un riesgo de fuga.

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La Primera Sala de la Corte de Apelaciones de Temuco, región de La Araucanía, confirmó la prisión preventiva para la mujer que sustrajo una bebé recién nacida desde el Hospital Hernán Henríquez Aravena.

La decisión fue adoptada por la Primera Sala del tribunal de alzada, integrada por el ministro Carlos Gutiérrez Zavala, la ministra (s) Cecilia Subiabre, y el abogado integrante, Luis Díaz.

En una decisión unánime, el Tribunal estimó que la libertad de la imputada es peligrosa para la seguridad de la sociedad, de la víctima y porque hay peligro de fuga.

El abogado del Ministerio Público, Fabián Cuevas, habló sobre la resolución adoptada e indicó que “lo que hace la Corte es confirmar la decisión del Juzgado de Garantía”.

Con esta resolución, la imputada por el delito de sustracción de menor deberá continuar detenida en la cárcel de Pitrufquén.

La mujer de 45 años, luego de vulnerar todos los sistemas de seguridad, ingresó a la zona de maternidad del principal centro asistencial de la región, sacó a la bebé, la puso en un bolso y posteriormente abandonó el centro asistencial en dirección desconocida.

Luego de un vasto operativo de seguridad, que incluyó el cierre de Temuco en sus principales accesos en una operación candado, personal de Carabineros la detuvo en un domicilio de Padre Las Casas.

En la audiencia de formalización de la investigación, el Juzgado de Garantía ordenó que la imputada sea sometida a un peritaje psiquiátrico en el Servicio Médico Legal.

Esto último, con el objetivo de determinar si presenta alguna patología como lo planteó su defensa.

Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia dicte sentencia en su contra.
(Artículo 04 del Código Procesal Penal)