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La Corte de Apelaciones de Temuco rechazó el recurso de amparo presentado por la defensa del líder de la Resistencia Ancestral Mapuche (RAM), Francisco Facundo Jones Huala, quien buscaba ser liberado al considerar que su condena en Chile habría finalizado. La Segunda Sala del tribunal de alzada en La Araucanía determinó que Gendarmería cumplió de manera legal una instrucción del Tribunal Oral en Lo Penal de Valdivia, estableciendo que la condena de Jones Huala finaliza el 8 de junio de 2025

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La Corte de Apelaciones de Temuco rechazó el recurso de amparo interpuesto por la defensa del lonco argentino, Francisco Facundo Jones Huala, líder de la Resistencia Ancestral Mapuche (RAM), que buscaba que fuera dejado en libertad al entender que su condena estaría concluida en Chile.

En fallo dividido, la Segunda Sala del tribunal de alzada en La Araucanía descartó un actuar ilegal de Gendarmería. Precisó que la institución se ajustó a cumplir una resolución e instrucción emanada del Tribunal Oral en Lo Penal de Valdivia, que detalla que la condena de Francisco Facundo Jones Huala —quien tras ser extraditado desde Argentina está recluido en la cárcel de Temuco— se cumple el 8 de junio del año 2025.

La resolución deja establecido en todo caso que en la información proveída por el Estado de Chile al Estado de Argentina existe un error, pues el saldo de pena por cumplir que restaba al condenado al momento de revocársele la libertad condicional era de 887 días.

Al abonar el tiempo que estuvo privado de libertad en Argentina en virtud del proceso de extradición, se genera un saldo final de 522 días de privación de libertad que le restan por cumplir

Para la Segunda Sala, en el presente caso, la duración del saldo de la pena solo podrá establecerse una vez que el condenado fuere recapturado y puesto a disposición de Gendarmería de Chile para reiniciar el cumplimiento de su condena.