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Hombre condenado a 15 años de presidio por abuso sexual y violación infantil reiterada en liceo de Puerto Saavedra, Región de La Araucanía. Juan Álvaro Rico Lobos, asistente de educación, cometió los delitos entre 2011 y 2013 contra una menor de 12 años en la sala de computación del establecimiento. Fiscal destacó declaración de la víctima y medida de protección que prohíbe al condenado acercarse a ella, debiendo cumplir la pena efectivamente privado de libertad, y quedando inhabilitado de por vida para trabajar en ámbitos educacionales con menores. Además, deberá indemnizar por daños y perjuicios según lo establecido por la ley.

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Un hombre de 42 años fue condenado a cumplir 15 años y un día de presidio, como autor de los delitos de abuso sexual infantil y violación infantil en carácter reiterado, cometidos en contra de una alumna del Liceo Reino de Suecia en Puerto Saavedra, región de La Araucanía.

Ante el Tribunal de Juicio Oral en Lo Penal de Temuco se desarrolló la audiencia en contra Juan Álvaro Rico Lobos, asistente de la educación del liceo y quien fue acusado por el Ministerio Público en calidad de autor de los delitos ya citados.

Cabe mencionar que los ilícitos ocurrieron entre 2011 y 2013 en diversas oportunidades en contra de una menor de 12 años de edad, alumna del establecimiento educacional en el que el condenado estaba encargado de la sala de computación.

En este sentido, el fiscal del Ministerio Público en Carahue, Miguel Ángel Rojas -quien sostuvo la acusación en este caso-, valoró la decisión de los jueces al dictar la sentencia, destacando que la víctima haya prestado declaración sobre los hechos que la afectaron.

Además, la sentencia incluye una medida de protección a favor de la víctima que prohíbe al condenado acercarse a ella.

Asimismo, la pena deberá cumplirla efectivamente privado de libertad, sumado a medidas accesorias posteriores a la condena que se aplican para este tipo de delitos.

Por lo anterior, Rico Lobos queda inhabilitado de por vida para ejercer cargos, empleos, oficios y profesiones en ámbitos educacionales o que involucren una relación directa y habitual con personas menores de edad.

Por último, los jueces también acogieron una demanda civil de indemnización por daños y perjuicios, aunque el monto que el condenado deberá pagar será establecido acorde a la legislación vigente.