Diferentes organizaciones feministas de Temuco pidieron el pronunciamiento del contralor regional por el caso de Juan Carlos Reinao, alcalde de Renaico que lleva más de 3 días prófugo luego de ordenarse su prisión preventiva, tras ser formalizado por abuso sexual, violación e inducción al aborto.
A través de un requerimiento ingresado en la Contraloría General de la República (CGR), estas agrupaciones solicitaron un pronunciamiento jurídico en torno a la obligatoriedad de los municipios de respetar e implementar estándares internacionales de Derechos Humanos (DDHH) de mujeres, ratificados y vigentes para nuestro país.
La presentación está incluida en las actividades agendadas para noviembre -mes para la eliminación de la violencia contra las mujeres-, por parte de integrantes de la Red de Organizaciones Feministas de la Araucanía.
Así lo precisó Vivian Franco, perteneciente a la Agrupación de Abogadas Feministas (Abofem) en la capital regional, quien enfatizó en que piden que el contralor de la zona se manifieste respecto a estas normas.
“Que el señor contralor regional se pueda pronunciar respecto de la obligatoriedad que tienen los municipios de crear y mantener dispositivos de género, llámese ordenanzas de igualdad de género, protocolos o reglamentos que den cumplimiento a distintos estándares internacionales obligatorios para Chile y para los municipios”, explicó.
“Hemos solicitado también que se pueda pronunciar respecto de si hay responsabilidad administrativa o no en el caso de los municipios que no tienen activos estos dispositivos“, sostuvo.
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En el caso específico de la comuna de Renaico, el requerimiento pide además el pronunciamiento del contralor respecto de la eventual responsabilidad que le cabe al Concejo Municipal que, según las abogadas, tenía conocimiento de los hechos -ahora judicializados- desde hace al menos una década, sin haber efectuado ningún tipo de denuncia o fiscalización.
El requerimiento hace referencia a Tratados Internacionales de Derechos Humanos de Mujeres ratificados y vigentes para Chile, contenidos específicamente en la Convención para la Eliminación de Toda Forma de Discriminación contra la Mujer (CEDAW), en la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la violencia contra la Mujer (Convención Belém do Pará) y en el Convenio 190 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).