ARCHIVO | Marcos Maldonado
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Admisible declaran el recurso de nulidad presentado por la defensa de Martín Pradenas, donde buscan dejar sin efecto la sentencia dictada en su contra de 20 años de cárcel por delitos de violación y abuso sexual.
El Tribunal Oral en lo Penal de Temuco declaró admisible el recurso de nulidad presentado por la defensa de Martín Pradenas, en contra de la sentencia de 20 años de cárcel.
Tal como lo habían anunciado, la acción judicial la presentaron los abogados defensores tras la sentencia que dictó el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Temuco tras acreditar siete delitos sexuales cometidos en contra de seis víctimas, entre ellas el conocido caso de A.B., joven que se suicidó en 2019.
Con esto, la Corte Suprema será la encargada de resolver el requerimiento.
Tras conocerse la sentencia, el abogado Javier Jara, uno de los defensores del condenado, anticipó que recurrirían a la justicia para buscar la nulidad respecto del juicio y la sentencia.
“Creemos que la pena es absolutamente excesiva para los hechos que se acreditaron, y de la forma que se acreditaron”, precisó en aquel momento el jurista.
Jara dijo además que “también pensamos que hay infracción de garantía y también una errónea valoración de los elementos probatorios que se rindieron en el juicio. Estamos trabajando en un recurso de nulidad”.
Recurso de apelación por costas
De igual forma, se declaró admisible el recurso de apelación también interpuesto por la defensa en cuanto a que se condenó en costas a su representado.
Según argumentan en la apelación que “hubo motivo plausible para litigar, pues sostenemos que acciones imputadas, que fueron acreditadas, no lo fueron por todas las circunstancias fácticas imputadas, habiendo una variación en los hechos que el tribunal dio por acreditados”.
En el documento precisan que la solicitud es “sin perjuicio del recurso de nulidad, que se impetrara en tiempo y forma”.
Revisa a continuación la admisibilidad de los recursos:
Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por
lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia
dicte sentencia en su contra.
(Artículo 04 del Código Procesal Penal)
Violencia contra la mujer
Si eres víctima o testigo de violencia contra la mujer, denuncia al
149 de Carabineros, recibe orientación llamando al
número corto 1455 del Sernameg.