Corte Suprema confirmó sentencia de presidio perpetuo a pareja de Angol en la región de La Araucanía, que abusó y violó durante 10 años a hija de la mujer. Los abusos comenzaron cuando la menor tenía 9 años y se mantuvieron hasta que cumplió 20.

La Corte Suprema rechazó el recurso de nulidad presentado por la defensa a una mujer y su pareja que en 2021 fueron sentenciados a presidio perpetuo por los delitos de abuso sexual y violación reiterados perpetrados en Angol, en la región de La Araucanía, en perjuicio de una menor de edad, hija de la propia condenada.

La información fue confirmada por el fiscal jefe de Angol, Cristián Gacitúa, quien explicó que con esta resolución el fallo del Tribunal Oral quedó firme y ejecutoriada, por no haber otros recursos posibles.

Por lo anterior, ambos condenados empezarán a cumplir la pena de presidio perpetuo simple, lo que implica que solo podrán postular a algún beneficio como la libertad condicional una vez cumplidos veinte años de privación de libertad.

Historia

Con la prueba rendida en juicio, la Fiscalía acreditó que los ultrajes a la menor comenzaron en 2006, cuando esta tenía nueve años de edad. Ese año, la condenada, inició una relación sentimental con el chofer de locomoción colectiva B.M., pocos meses después de que falleciera su cónyuge y padre de la víctima.

Ambos se concertaron para violar a la niña y en esa dinámica la madre jugó un rol clave, pues la manipuló para que consintiera.

Estos vejámenes, cometidos tanto por la madre como por su pareja, ocurrieron en forma reiterada hasta 2017, cuando la víctima tenía 20 años, en distintos domicilios de la comuna de Angol y también en un taxi colectivo que manejaba el condenado.

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El Tribunal Oral de Angol dio por establecido que ambos se aprovecharon tanto de su incapacidad para oponerse, dada por la severa y reiterada dinámica de agresiones de la misma naturaleza que venía sufriendo desde su niñez, como de la manipulación psicológica que realizaba su madre, quien le señalaba que si accedía nada les faltaría, ya que la situación económica de ambas era precaria y era el acusado quien las proveía de lo necesario.

El recurso de nulidad de la defensa planteaba que el fallo había incurrido en un error de aplicación del derecho, al considerar estos hechos como un delito reiterado y no como uno solo continuado, lo que fue desestimado por la Corte Suprema.