A la espera de lo que resuelva la Corte de Apelaciones de Temuco quedó la audiencia de preparación de juicio oral por la Fallida Operación Huracán. Esto debido a que la jueza determinó excluir al Ministerio del Interior como querellante, tras no cumplir un plazo fijado para corregir los vicios formales de la acusación contra los 11 imputados.

Suspendida quedó la audiencia de preparación de juicio oral por la fallida Operación Huracán -en la región de La Araucanía-, a la espera de lo que resuelva al Corte de Apelaciones sobre la exclusión del Ministerio del Interior en la causa.

A solicitud de la defensa del mayor en retiro de Carabineros, Patricio Marín Lazo, representado por el abogado Gabriel Jara Miller, la jueza de Garantía de Temuco resolvió excluir al Ministerio del Interior en la indagatoria.

La determinación de la magistrada Marcia Castillo se sustentó en que Interior no cumplió con el plazo de 48 horas para corregir los vicios formales de la acusación en contra de los 11 imputados, 10 de ellos carabineros y Álex Smith, creador del programa “Antorcha”.

Sin embargo, en la misma audiencia, el abogado que representa al ministerio anunció que apelará a la resolución. Por ello, la jueza suspendió la instancia a la espera de lo que determine la Corte de Apelaciones.

También resta conocer el pronunciamiento del Ministerio Público sobre esta exclusión de una de las partes querellantes.

Fallida Operación Huracán

Esta investigación, a cargo de la Fiscalía Regional de Coyhaique, fue ingresada ante la Justicia el 15 de enero del año 2018.

Se trató de un operativo policial iniciado bajo la Ley de Inteligencia, que en 2017 derivó en la detención de ocho comuneros, a quienes se les acusaba de participar de una asociación ilícita terrorista.

Eso, hasta que en 2018, el Ministerio Público informó que se habrían manipulado las pruebas para incriminar a los comuneros.

Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia dicte sentencia en su contra.
(Artículo 04 del Código Procesal Penal)