La Corte Suprema revocó el fallo de primera instancia que había acogido un recurso de protección presentado por una agrupación mapuche, que pretendía vender sus productos en las cercanías de la Feria Pinto de Temuco.
La decisión del máximo tribunal del país fue emitida de manera unánime luego de analizar el pronunciamiento de la Corte de Apelaciones de Temuco, que había dado la razón a la Asociación Indígena Newen Mapu Tukucan.
La acción de protección en contra de la Municipalidad de Temuco, era argumentada con una orden verbal de inspectores que advertían el desalojo y la prohibición de apostarse y comercializar productos hortofrutícolas en la calle Pinto, entre Balmaceda y Miraflores.
Pese a esto la Corte Suprema señaló que la discusión de fondo que plantea el presente recurso supone la ocupación de un bien nacional de uso público que en este caso es informal, sin pago de derecho alguno y en el marco de una situación que ha venido siendo tolerada por el municipio durante largo tiempo.
Héctor Campos, abogado de la Municipalidad de Temuco, precisó que este fallo reconoce a la casa edilicia el poder de administrar los bienes de uso público como es el caso de las calles.
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El fallo agregó que al no encontrarse acreditada la existencia de un derecho indiscutido y preexistente de aquellos cuyo la Corte Suprema ha de proteger, la presente acción fue rechazada, confirmando la sentencia que fue apelada por la Municipalidad de Temuco.