En acuerdo, hasta el próximo martes 7 de agosto quedó la decisión de la Corte de Apelaciones de Temuco, respecto de los recursos de nulidad ingresados por la defensa de dos comuneros mapuches, condenados por el incendio de un templo evangélico en Padre Las Casas.
Se trata de la sentencia de 10 años y un día de presidio que el Tribunal Oral de Temuco aplicó a los hermanos, Pablo y Benito Trangol Galindo, tras ser declarados autores del incendio que el 9 de junio de 2016, destruyó el templo de la Iglesia del Señor.
La abogada Patricia Cuevas, de la Defensoría Penal Pública Mapuche, precisó que entre las causales invocadas se incluye la contradicción volcada en la sentencia que reconoce la ilegalidad de un control de identidad, pero valida el resto del procedimiento, especialmente un reconocimiento de una testigo a uno de los imputados.
El fiscal del Ministerio Público, Luis Torres, quien lideró la investigación, refutó lo planteado por la defensa, aseverando que no existió vulneración de derechos de los imputados.
El equipo defensor de los condenados ingresó los respectivos recursos de nulidad, primero ante la Corte Suprema, desde donde fueron derivados a la Corte de Apelaciones de Temuco, recayendo la vista en la Segunda Sala.