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Un hombre con ocho antecedentes penales fue formalizado y enviado a prisión preventiva por el Juzgado de Garantía de La Serena, acusado de homicidio tras una riña en el sector Cerro Grande. El imputado agredió a la víctima con un cuchillo, causándole heridas mortales en el brazo izquierdo y en la región torácica derecha. El tribunal consideró que la libertad del acusado representaba un peligro para la seguridad de la sociedad, basándose en su historial delictivo y la gravedad de los hechos. Se fijó un plazo de 120 días para la investigación del caso.

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En prisión preventiva quedó el imputado por un homicidio en Cerro Grande, comuna de La Serena, Región de Coquimbo. El hecho se registró producto de una riña entre dos hombres, uno de los cuales -el victimario- registraba ocho reiteraciones.

Este viernes 5 de julio, el Juzgado de Garantía de La Serena dejó con la medida cautelar de prisión preventiva a L.I.C.V., imputado por el Ministerio Público como autor del delito de homicidio.

Según el ente persecutor, aproximadamente a la 01:00 horas del 3 de julio, en la ribera del canal Bellavista, comuna de la Serena, el imputado L.I.C.V. agredió a la víctima con intención de darle muerte.

Armado con un cuchillo, le provocó lesiones cortopunzantes en el brazo izquierdo y una herida cortopenetrante en la región torácica derecha, lo que resultó mortal aun con “socorros oportunos y eficaces”.

En la audiencia de formalización, el magistrado Alain Maldonado Liberona ordenó el ingreso en prisión de L.I.C.V., por considerar que la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad.

Antecedentes para la prisión preventiva

“Es posible determinar la existencia del delito de homicidio de acuerdo con lo señalado por la Fiscalía. Por otra parte, se le atribuye al imputado la violación de morada lo que está determinado por testigos y vídeos”, sostuvo el magistrado.

En cuanto a la necesidad de cautela, agrego: “El imputado no tiene irreprochable conducta anterior, tiene condenas anteriores. La penalidad para este delito es una pena que va de presidio mayor en su grado medio y puede llegar a presidio perpetuo simple”.

Además, sostuvo que “dada la forma y circunstancia de la comisión del hecho”, el tribunal no puede considerar una medida menor a la ya otorgada al acusado.

“No se comparte lo planteado por la defensa, no queda claro que el imputado se haya defendido de una presunta agresión, aún más porque los testigos se contradicen en relación con este punto”, concluyó el juez.

La huida del sujeto en cuestión posterior a la presunta “riña” también se consideró parte importante de los antecedentes que determinaron la decisión.

El magistrado fijó un plazo de 120 días para la investigación del hecho.

Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia dicte sentencia en su contra.
(Artículo 04 del Código Procesal Penal)