Una segunda víctima presentó una querella criminal por abuso sexual en contra del sacerdote Daniel Dinamarca Chamorro mientras se desempeñaba en un colegio de La Serena.
Una querella criminal por el delito de abuso sexual presentó la defensa de la familia de una segunda víctima del sacerdote Daniel Dinamarca Chamorro.
La víctima denunció haber sufrido abuso sexual por parte del eclesiástico entre 2016 y 2018, mientras se desempeñaba como el sacerdote del colegio Seminario Conciliar de La Serena.
En esa oportunidad, los hechos fueron denunciados a la Fiscalía de esa comuna. Desde entonces, el Ministerio Público ha llevado a cabo una investigación para esclarecer la situación.
Sería la segunda víctima
El caso había salido a la luz en 2019 como una denuncia a través de redes sociales.
Ese mismo año, la familia de una primera víctima presentó una querella que culminó con audiencias en tribunales en años posteriores hasta que, en diciembre de 2022, se desarrolló la audiencia de formalización del imputado.
En esa ocasión, el sacerdote quedó con medidas cautelares de arraigo nacional y prohibición de acercamiento a las víctimas.
“Está siendo sometido a un proceso canónico”
Según confirmó el vicario provincial de la congregación Padres Barnabitas, sacerdote Luis García Ocaranza, a Diario El Día, el imputado estaría en un proceso de investigación canónica y suspendido de todas las actividades eclesiásticas.
“El sacerdote está siendo sometido a un proceso canónico. Actualmente está suspendido de todas sus funciones públicas del ministerio sacerdotal, y en consecuencia, no tiene ninguna actividad pastoral ni contacto con ningún fiel hasta la espera del cierre del proceso canónico y civil”, explicó.
La querella criminal no solo fue presentada en contra del sacerdote sino también en contra de eventuales cómplices o encubridores.
Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por
lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia
dicte sentencia en su contra.
(Artículo 04 del Código Procesal Penal)