La Corte de Apelaciones acogió los antecedentes del Ministerio Público, contrario a lo sostenido el viernes por el Juzgado de Garantía de La Serena, concluyendo que sustentan la ocurrencia de los ilícitos y la participación del acusado en ellos.
La Corte de Apelaciones de La Serena revirtió este sábado la resolución del Juzgado de Garantía de Coquimbo, que había revocado la prisión preventiva del padrastro de la menor, identificada como Melissa, imputado como autor de abuso sexual y violación reiterados contra la niña.
El pasado viernes, tras la audiencia de revisión de las medidas cautelares, el tribunal de La Serena determinó la eliminación de la medida cautelar de prisión preventiva sobre el acusado, ordenando el arresto domiciliario total.
Por ello, la Fiscalía apeló en la misma instancia a la Corte de Apelaciones, para revertir dicha orden de Juzgado.
Cabe recalcar que, desde el primer minuto, ambos imputados han alegado inocencia y sus defensores han reclamado “falta de antecedentes suficientes” por parte de la Fiscalía para incriminarlos.
Juzgado por Caso Melissa
El viernes, la jueza de Garantía, Carolina Baroncini, determinó mantener la medida cautelar de prisión preventiva para la madre de la víctima. Esto, indicando que existen antecedentes suficientes para presumir su autoría en el crimen y posterior incendio con que se intentó ocultar la evidencia del delito, ocurrido en la Villa Talinay de Coquimbo, donde vivían los protagonistas de la trágica historia.
Recordemos que, según la investigación de la Fiscalía, la niña sufrió abusos sexuales por parte de la pareja de su madre desde que tenía solo 6 años. Esta situación fue denunciada en 2014, pero luego desestimada por el ente persecutor, que archivó la causa por la retractación de las denunciantes.
No obstante, el caso tuvo un trágico final en 2020. Según la acusación fiscal, la mujer habría atacado a su propia hija con un cuchillo cocinero, solo horas después de sorprender al hombre abusando de la víctima. La madre le habría quitado la vida a su hija para luego encender fuego en la casa y huir, con una coartada de que iría al dentista, mientras la vivienda ardía en llamas.
Alegato de la defensa por lesiones en cuerpo de Melissa
Por lo anterior, fueron los delitos sexuales los que concentraron gran parte del debate. La defensa del hombre imputado alegó que informes periciales descartaron una violación en 2014, motivo que llevó a la misma Fiscalía a cerrar el caso.
En concreto, la parte defensora apuntó a que, según una metapericia al cuerpo de la menor de edad, las lesiones generadas en 2020 pudieron tener diversos orígenes y no necesariamente un ataque sexual, mucho menos de parte de su representado. Además, no se encontró material genético de un tercero en el cuerpo de la niña.
Por ello, la magistrada concluyó – en el caso de la imputación al hombre – que no existían antecedentes “más que suposiciones” de delitos por su parte. Por esto, ordenó revocar la prisión preventiva y reemplazarla por el arresto domiciliario total, además de la prohibición de salir del país.
Esta decisión no gustó a la parte persecutora, que liderados por el fiscal regional, Adrián Vega, apelaron de inmediato en la audiencia, obligando a derivar la decisión final al tribunal de alzada.
Corte de Apelaciones deja sin efecto resolución de Juzgado de Garantía
La Corte de Apelaciones dio inicio al debate pasado el mediodía del pasado sábado, y tras escuchar a todas las partes, informó su decisión horas más tarde a través de una notificación a los intervinientes.
En su fallo, los magistrados valoran los antecedentes de manera distinta al tribunal de Coquimbo, por lo que determinaron dejar sin efecto dicha resolución, restituyendo la prisión preventiva a L.A.S.E.
“(…) Estiman estos sentenciadores que los elementos de prueba reunidos por el Ministerio Público son suficientes para justificar la existencia de los delitos por lo que se formalizó la investigación contra el imputado” explica. “Asimismo, permiten presumir fundadamente que este ha tenido participación en los mismos, de modo que se encuentran satisfechos los requisitos de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal”, detalla el fallo.
“Libertad del imputado es un peligro para la seguridad de la sociedad”
La resolución agrega que “en cuanto al literal c) de la disposición antes citada, esto es, respecto a la necesidad de cautela, considera esta Corte que la entidad y naturaleza de los delitos atribuidos, así como la pena asignada por la ley a estos, justifican plenamente la imposición de la medida de prisión preventiva por ser la libertad del imputado un peligro para la seguridad de la sociedad”.
Además, recalcan el hecho de que “no puede ser soslayado que a la fecha de esta audiencia ya se ha formulado acusación contra el imputado y el auto de apertura correspondiente se encuentra en proceso de redacción por el Juzgado de Garantía de Coquimbo”.
Como señala la corte, el caso está pronto a un juicio, el que deberá comenzar en el plazo de dos meses.
Cabe recalcar que la Fiscalía pide la pena de presidio perpetuo para la madre de la niña, mientras que espera lograr una condena de 35 años de cárcel para la pareja de la mujer.