La Corte Suprema confirmó el fallo de la Corte de Apelaciones de Antofagasta. Tras eso el municipio local está forzado a presentar ante la autoridad sanitaria un plan de cierre del basural La Chimba en un plazo de 15 días e implementarlo en un año como máximo. Este cierre se debe concretar en máximo un año, y mantenerse por al menos 20 más.
Adicionalmente, el municipio debe construir un cierre perimetral e implementar vigilancia antes del 1 junio. La Corte Suprema explica que con la finalidad “que no ingresen terceros, y no se dispongan, boten o arrojen escombros o basuras en los sectores adyacentes a dicho recinto, acciones que deberá desarrollar en un plazo no superior a treinta (30) días“.
Hace un tiempo que distintas Entidades, como la Superintendencia de Medio Ambiente, vienen solicitando el cierre del perímetro, dado que ha causado problemas tanto en el ecosistema como en las comunidades. El lugar, se ha transformado en un foco constante de insalubridad, incendios y quemas de basura, afectando gravemente la salud de la población.
El fallo contradice diversas declaraciones del alcalde Jonathan Velásquez, quien se ha desentendido de responsabilidades culpando al Gobierno o al Ministerio de Bienes Nacionales, además de tildar de mentirosos y corruptos a medios de comunicación que han informado que su administración debía responsabilizarse.
De acuerdo al fallo del máximo tribunal de justicia, la Municipalidad de Antofagasta es la responsable de realizar las gestiones correspondientes al cierre definitivo del basural.
“En su calidad de concesionaria del ex vertedero La Chimba, no ha realizado las gestiones necesarias para proceder al cierre definitivo de dicho basural”, agrega el fallo.
Respecto a lo anterior, El Diario de Antofagasta indica que la sentencia muestra que el 18 de junio de 2021 la Municipalidad de Antofagasta, bajo la administración de Jonathan Velásquez, hizo abandono del terreno e incluso intentó efectuar la devolución del predio, lo que no prosperó.
Tras eso, según el fallo, “el inmueble quedó sin medidas de resguardo o seguridad alguna, siendo ocupado por terceros, quienes continuaron operando en su interior un microbasural. Que de igual modo, se han realizado en el lugar quemas de elementos inflamables con emanaciones de gases tóxicos para la población y riesgo de incendios“.
Cabe destacar que la sentencia de la Corte Suprema fue pronunciada el pasado 21 de abril y fue notificada al municipio con fecha 2 de mayo.
De esta forma, el municipio debe cumplir con los plazos establecidos por el máximo tribunal a contar de esa fecha, siendo el miércoles 17 de mayo la fecha en que el plan de remediación ya debería estar presentado, mientras que el jueves 1 de junio debería estar listo el cierre perimetral del recinto junto con las medidas de seguridad.