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La subsecretaria de Prevención del Delito, Carolina Leitao, informó a la comisión de Personas Mayores y Discapacidad que la Ley de Extraviados, aprobada hace dos años, no puede implementarse debido a la falta de un sistema online interconectado necesario. Han transcurrido 807 días desde que se promulgó la Ley 21.500, que establece la creación de un Protocolo Interinstitucional para la búsqueda de personas desaparecidas, el cual aún no se ha concretado. El diputado Jorge Guzmán destacó la ausencia del protocolo y la falta de coordinación entre entidades como el Ministerio Público, Carabineros y la PDI. La diputada Marisela Santibáñez expresó su molestia por el retraso en la implementación de la ley y su desconfianza en el gobierno. La norma busca establecer un marco legal integral para la búsqueda de personas extraviadas y desaparecidas, incluyendo la obligatoriedad de recibir denuncias y actuar en las primeras 24 horas.

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La subsecretaria de Prevención del Delito, Carolina Leitao, confirmó a la comisión de Personas Mayores y Discapacidad que la Ley de Extraviados -aprobada hace 2 años- no se puede aplicar, pues no se ha terminado de crear un sistema interconectado online necesario para su implementación.

Han pasado 807 días -hasta hoy miércoles- desde que se promulgó la Ley 21.500, que, entre otros, establece la creación de un Protocolo Interinstitucional para la búsqueda de personas desaparecidas.

Este último debe unir al Ministerio Público, Carabineros de Chile y la Policía de Investigaciones (PDI). Igualmente, se crearía un sistema interconectado para dichos efectos. A dos años, aún no se concreta.

El objetivo de la ley es establecer un marco legal integral de búsqueda de personas extraviadas y desaparecidas. Esto, con la finalidad de superar falencias actuales y agilizar los tiempos de respuesta.

“Desconfío de mi gobierno”: La indignación por atraso en implementación de Ley de Extraviados

Sobre esta materia, el diputado Jorge Guzmán (Evópoli) comenzó destacando que el artículo 5 de la ley habla de los protocolos interinstitucionales. “Mi pregunta es: ¿Ese protocolo existe? Porque lo busco y no lo encuentro”, planteó.

“Una de las principales innovaciones esa la creación de un sistema que no está operando, por tanto, es una ley que hoy no tiene una operación práctica 100%, es una deuda que tiene el Estado”, complementó.

Acto seguido, Guzmán explicó que, según el mismo artículo, se mandataba al Ministerio del Interior y Seguridad Pública a coordinar la convocatoria para la redacción del protocolo.

Instancia “en que debía participar el Ministerio Público, Carabineros y la Policía de Investigaciones, para tener un protocolo de actuación unificado (…) hoy no existe. Eso es gravísimo”, dijo.

En la misma línea, la diputada oficialista Marisela Santibáñez dijo estar super molesta “porque fue al mismísimo (ex)subsecretario (Manuel) Monsalve que le hablé una y otra vez (…) ahora entiendo en lo que estaba o me lo puedo imaginar. Me molesta profundamente”.

“Esto tiene presupuesto, esto está aprobado hace bastante tiempo y el reglamento se aprobó, luego se revisó de nuevo y ahí ya tuvo la aprobación definitiva. Entonces, sin duda, yo soy oficialista y quiero que al gobierno le vaya bien (…) pero al mismo tiempo ¿qué herramientas le doy yo a la ciudadanía?”, complementó.

Agregando “esto no es para decir ‘tengo una ley’, no es para terminar mi periodo… de verdad que desconfío, pero desconfío y qué lata decirlo, pero desconfío de mi gobierno (…) he paralizado marchas, todo tipo de manifestaciones por respeto a nuestro Presidente y a todo lo que está pasando en nuestro país”.

Finalmente, cerró con que dicha ley fue aprobada “hasta con los republicanos, a los que le agradezco (…) y es frustrante (…) subsecretaria ayúdeme a que esto se implemente”.

Contenido de la Ley de Extraviados

Según información de la misma Cámara de Diputadas y Diputados, la norma define principios orientadores en el proceso de búsqueda y en el funcionamiento del sistema informático interconectado de búsqueda que se crea.

“Se deberá tener especial consideración a la igualdad ante la ley y la no discriminación arbitraria, en cada etapa del procedimiento y en las diligencias a realizar. Los órganos intervinientes y organismos colaboradores, no podrán emitir juicios de valor respecto de la vida privada y social de la persona desaparecida”, se indica.

En cuanto al Sistema Interconectado de Búsqueda de Personas Desaparecidas, sería administrado por Carabineros. El objeto es centralizar, organizar e interoperar -a nivel nacional- la información respectiva. Ella la aportarán los órganos intervinientes del Sistema y organismos colaboradores relacionados a personas desaparecidas.

Entre los intervinientes del Sistema está Ministerio Público, Carabineros y la PDI. En tanto, los colaboradores serán el Servicio Médico Legal y el Servicio de Registro Civil e Identificación.

También establece la obligatoriedad de la recepción de la denuncia de desaparición de una persona. Esta podrá formularse, por cualquier medio, ante Carabineros, la PDI o el Ministerio Público. No será exigible un tiempo mínimo.

La denuncia se comunicará, de inmediato, al Ministerio Público e ingresará al Sistema. Con ello, se da cumplimiento al protocolo institucional, con diligencias a realizar dentro de las primeras 24 horas.