Con 102 votos favor, 17 en contra y 13 abstenciones, la Cámara de Diputados y Diputadas aprobó y despachó la Ley Antiterrorista, siendo este el último trámite.
Entre los votos en contra están los del Frente Amplio, el Partido Comunista y el Partido Socialista.
Cabe mencionar que este es el segundo proyecto de la agenda de seguridad del Ejecutivo que en una semana logra ser despachado, luego de lograrse aquello con el Ministerio de Seguridad.
La diputada y presidenta de la Cámara de Diputados, Karol Cariola (PC), fue consultada respecto a qué le parece que desde su sector se continúe evaluando un envío al Tribunal Constitucional.
Recordemos que había dos puntos que generaban controversia, pese a que se habían resuelto en la comisión mixta, como por ejemplo, la tecnología intrusiva y la prórroga de competencias de jueces en ciertas causas.
“Es muy valioso que la Ley Antiterrorista haya avanzado en su tramitación, esta es una ley importante para la agenda de seguridad que se ha impulsado por parte del Gobierno (…)”, manifestó Cariola, recalcando además que “hubo algunas observaciones que se dieron en la comisión mixta”.
En este sentido, la diputada recordó que hoy se votaron “observaciones de diferencias, solo dos indicaciones, el resto de la ley, el 98% de la ley, está aprobada y despachada”.
“Por lo tanto, lo del día de hoy era solo un elemento muy en particular, que es una herramienta tecnológica que tiene que ver con la posibilidad de rastrear telefónicamente las zonas donde se provoca el delito”, detalló Cariola, sin embargo, manifestó que “todas las bancadas tienen el derecho a utilizar las herramientas constitucionales cuando consideren que alguna norma está fuera de las ideas matrices del proyecto (…)”.
Ley Antiterrorista
Este proyecto fue ingresado en agosto del 2023 por el presidente Gabriel Boric, teniendo como antecedentes los ataques a la infraestructura crítica, como las torres de alta tensión.
La iniciativa termina con el principal problema de la actual legislación: su inaplicabilidad, puesto que no se requiere como único elemento de prueba el demostrar ánimo terrorista (legislación actual), excesivamente complejo de acreditar, sino que contempla diversos elementos.
También permite perseguir y sancionar a integrantes de una “Asociación Terrorista” (AT), solo por el hecho de pertenecer a ella. Las penas van desde 5 años y un día hasta 15 años. Si además los integrantes de la AT cometen otros delitos, se sumarán las penas.
Incluso sanciona los casos de terrorismo individual; como a quienes cometan delitos para colaborar con la AT: amenazas; robo con violencia o intimidación; extorsión; receptación; porte, fabricación o adulteración de armas o artefactos explosivos; lavado de activos; producción o tráfico de estupefacientes; y delitos informáticos.
Establece además el delito de financiamiento del terrorismo, donde se sanciona a quien provea o recolecte fondos para una AT y no forme parte de ella. Además, se sanciona a quien financie la comisión de delitos terroristas individuales.
Finalmente, la ley permite técnicas especiales de investigación a delitos terroristas: interceptación de comunicaciones; registro de equipos informáticos; captación subrepticia de imágenes o sonidos; agentes encubiertos, reveladores e informantes; y entregas vigiladas.